Pinto (BOCM-20200707-66)
Organización y funcionamiento. Estructura áreas de gobierno
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 163
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020
se refieran a la detección de sus necesidades específicas y su satisfacción en el ámbito de competencia municipal.
b) Participación Ciudadana, que comprende, en particular, las actuaciones y los procedimientos relativos a la canalización de la participación ciudadana, individual y
colectiva, incluidos los consejos de participación ciudadana; relaciones con las asociaciones y organizaciones sociales, incluido el registro de asociaciones vecinales;
campañas informativas, participación en la gestión de centros cívicos y utilización
de medios municipales de comunicación; y programas de voluntariado social.
c) Comercio e Industria, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones
y los procedimientos relativos a la promoción del territorio para la localización de
nuevas actividades e inversiones en el término municipal de Pinto; desarrollo local y servicios e iniciativas en áreas industriales y comerciales del municipio de
Pinto; y, en general, todos aquellos que se refieran a la promoción económica y el
desarrollo de la industria y el comercio en el término municipal en el ámbito de
competencia municipal.
d) Seguridad Ciudadana, que comprende, en particular, las instalaciones y equipamientos, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos al cuerpo de
Policía Local en sus competencias de seguridad ciudadana y tráfico, asumiendo su
jefatura directa; Protección Civil y servicio de Primera Intervención Municipal de
Emergencia y Rescate; prevención y extinción de incendios; servicio prestado vía
concesión administrativa del centro de transporte y del servicio de grúa; educación
vial; declaración de vehículos abandonados; autorizaciones en materia de armas;
sistemas de seguridad, vigilancia y control de los edificios públicos y de la vía pública; expedientes sancionadores en materia de protección de la seguridad ciudadana y de drogodependencias y otras materias adictivas; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de cuerpos y fuerzas de seguridad, y de
circulación, tráfico de vehículos y seguridad vial.
Décimo.—Delegar en don Federico Sánchez Pérez, como concejal-delegado de Hacienda y Planificación Económica, Contratación y Patrimonio, las funciones señaladas en
el pronunciamiento segundo en las materias siguientes:
a) Hacienda, Presupuestación y Gestión de Gastos, que comprende, en particular, los
servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la actividad económica
y financiera del Ayuntamiento y la coordinación y supervisión de la de las sociedades mercantiles municipales; la dirección de unidades administrativas comprendidas en su delegación, incluidas la Intervención municipal y de la Tesorería municipal, sin perjuicio de las funciones que legalmente corresponden a sus titulares;
figurar como clavero en la cuentas bancarias de titularidad municipal y suscribir
con la titulares de la Intervención municipal y de la Tesorería municipal las actas
de arqueo; planes presupuestarios a medio plazo y líneas presupuestarias fundamentales; presupuesto general, normas de gestión contenidas en las bases de ejecución del presupuesto y coordinación de dicha gestión en relación con las restantes Concejalías-Delegadas; aprobación de nóminas y reconocimiento de
obligaciones de gasto como consecuencia de compromisos legalmente adquiridos,
mediante la aprobación de facturas, certificaciones, liquidaciones de contratos o
documentos análogos, conforme al procedimiento previsto en las bases de ejecución del presupuesto; ordenación de pagos; anticipos de caja fijo y pagos a justificar; propuesta a la Alcaldía de la cuenta general; propuestas de proyectos de inversión; aprobación y presentación de cuantas declaraciones y liquidaciones
tributarias deban serlo ante otras Administraciones, tales como las del IVA o Impuesto de Sociedades; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación
en materia de haciendas locales.
b) Gestión de Ingresos, que comprende, en particular, las actuaciones y los procedimientos relativos a la fijación de criterios de previsión de ingresos; planes de tesorería y de disposición de fondos; cuenta de recaudación; propuesta de concertación de operaciones de crédito para su aprobación por la Alcaldía, así como las de
cobertura y gestión de riesgos; tributos municipales y precios públicos, así como
su gestión, recaudación e inspección; padrones y liquidaciones tributarias y de los
restantes ingresos de derecho público; exenciones y bonificaciones en tributos
municipales; aplazamientos y fraccionamientos de pagos; devolución de ingresos,
devolución de ingresos indebidos e intereses; compensaciones de deudas; embargos y endosos de créditos; declaración de afección y derivación de la acción admi-
Pág. 177
BOCM-20200707-66
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020
se refieran a la detección de sus necesidades específicas y su satisfacción en el ámbito de competencia municipal.
b) Participación Ciudadana, que comprende, en particular, las actuaciones y los procedimientos relativos a la canalización de la participación ciudadana, individual y
colectiva, incluidos los consejos de participación ciudadana; relaciones con las asociaciones y organizaciones sociales, incluido el registro de asociaciones vecinales;
campañas informativas, participación en la gestión de centros cívicos y utilización
de medios municipales de comunicación; y programas de voluntariado social.
c) Comercio e Industria, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones
y los procedimientos relativos a la promoción del territorio para la localización de
nuevas actividades e inversiones en el término municipal de Pinto; desarrollo local y servicios e iniciativas en áreas industriales y comerciales del municipio de
Pinto; y, en general, todos aquellos que se refieran a la promoción económica y el
desarrollo de la industria y el comercio en el término municipal en el ámbito de
competencia municipal.
d) Seguridad Ciudadana, que comprende, en particular, las instalaciones y equipamientos, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos al cuerpo de
Policía Local en sus competencias de seguridad ciudadana y tráfico, asumiendo su
jefatura directa; Protección Civil y servicio de Primera Intervención Municipal de
Emergencia y Rescate; prevención y extinción de incendios; servicio prestado vía
concesión administrativa del centro de transporte y del servicio de grúa; educación
vial; declaración de vehículos abandonados; autorizaciones en materia de armas;
sistemas de seguridad, vigilancia y control de los edificios públicos y de la vía pública; expedientes sancionadores en materia de protección de la seguridad ciudadana y de drogodependencias y otras materias adictivas; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de cuerpos y fuerzas de seguridad, y de
circulación, tráfico de vehículos y seguridad vial.
Décimo.—Delegar en don Federico Sánchez Pérez, como concejal-delegado de Hacienda y Planificación Económica, Contratación y Patrimonio, las funciones señaladas en
el pronunciamiento segundo en las materias siguientes:
a) Hacienda, Presupuestación y Gestión de Gastos, que comprende, en particular, los
servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la actividad económica
y financiera del Ayuntamiento y la coordinación y supervisión de la de las sociedades mercantiles municipales; la dirección de unidades administrativas comprendidas en su delegación, incluidas la Intervención municipal y de la Tesorería municipal, sin perjuicio de las funciones que legalmente corresponden a sus titulares;
figurar como clavero en la cuentas bancarias de titularidad municipal y suscribir
con la titulares de la Intervención municipal y de la Tesorería municipal las actas
de arqueo; planes presupuestarios a medio plazo y líneas presupuestarias fundamentales; presupuesto general, normas de gestión contenidas en las bases de ejecución del presupuesto y coordinación de dicha gestión en relación con las restantes Concejalías-Delegadas; aprobación de nóminas y reconocimiento de
obligaciones de gasto como consecuencia de compromisos legalmente adquiridos,
mediante la aprobación de facturas, certificaciones, liquidaciones de contratos o
documentos análogos, conforme al procedimiento previsto en las bases de ejecución del presupuesto; ordenación de pagos; anticipos de caja fijo y pagos a justificar; propuesta a la Alcaldía de la cuenta general; propuestas de proyectos de inversión; aprobación y presentación de cuantas declaraciones y liquidaciones
tributarias deban serlo ante otras Administraciones, tales como las del IVA o Impuesto de Sociedades; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación
en materia de haciendas locales.
b) Gestión de Ingresos, que comprende, en particular, las actuaciones y los procedimientos relativos a la fijación de criterios de previsión de ingresos; planes de tesorería y de disposición de fondos; cuenta de recaudación; propuesta de concertación de operaciones de crédito para su aprobación por la Alcaldía, así como las de
cobertura y gestión de riesgos; tributos municipales y precios públicos, así como
su gestión, recaudación e inspección; padrones y liquidaciones tributarias y de los
restantes ingresos de derecho público; exenciones y bonificaciones en tributos
municipales; aplazamientos y fraccionamientos de pagos; devolución de ingresos,
devolución de ingresos indebidos e intereses; compensaciones de deudas; embargos y endosos de créditos; declaración de afección y derivación de la acción admi-
Pág. 177
BOCM-20200707-66
BOCM