C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20200707-17)
Bases becas –  Orden 1410/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 163

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020

subsanaciones, y con código seguro de verificación, no siendo válido ningún otro
tipo de certificado.
En el caso de que la consulta de datos de renta del alumno o de los progenitores o
tutores o cualquier otro miembro mayor de edad que figure en la solicitud, diera
lugar al resultado “06 sin datos” y no se hubiera presentado correctamente la documentación acreditativa de la renta prevista en el tercer párrafo del presente punto e) dicha circunstancia se podrá subsanar únicamente mediante la aportación de
la mencionada documentación acreditativa de la renta prevista en el tercer párrafo de dicho punto, dentro del plazo de presentación de subsanaciones.
Si no se subsanasen estos defectos numerados como 04, 05 o 06 no podrá determinarse la renta per cápita familiar y la solicitud quedará excluida.
e) Para acreditar la situación de monoparentalidad:
En caso de existir o haber existido matrimonio:
1. Certificado de defunción que acredite el fallecimiento.
2. Sentencia judicial de separación legal o divorcio o convenio regulador ratificado ante el Juez, donde conste la custodia de la persona para la que se solicita la beca.
En caso de no existir matrimonio:
1. Certificado de defunción que acredite el fallecimiento.
2. Certificado o volante de empadronamiento de todos los residentes en el domicilio familiar que acredite la no convivencia de los progenitores, actualizado a la fecha que se determine en la orden de convocatoria.
3. Sentencia de relaciones paterno filiales.
f) En caso de discapacidad, si el certificado ha sido expedido en la Comunidad de
Madrid y se manifiesta oposición expresa a la consulta de datos, o si el certificado ha sido expedido en otra Comunidad Autónoma, será necesario aportarlo.
En el resto de supuestos asimilables legalmente a la discapacidad, previstos en el
apartado 2 del artículo 6 de las presentes bases reguladoras, deberá aportarse la documentación oficial que acredite la situación.
g) Para acreditar la situación de emancipación o independencia del alumno solicitante deberá presentar certificado o volante de empadronamiento en el que consten
todos los residentes que figuran en su domicilio de tal forma que acredite la no
convivencia del alumno con los progenitores.
h) Para acreditar la condición de víctima de violencia de género del solicitante, progenitores o tutores o cualquier otra persona que forme parte de la solicitud, se deberá presentar orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el
artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de
Género de la Comunidad de Madrid.
i) Para acreditar la condición de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades, de los progenitores o tutores o cualquier otra persona que forme parte
de la solicitud se deberá presentar la resolución del Ministerio del Interior que reconozca esta condición.
j) Para acreditar la condición de víctima del terrorismo de los progenitores o tutores
o cualquier otra persona que forme parte de la solicitud se deberá presentar Resolución del Ministerio del Interior que acredite la condición de víctima del terrorismo y siempre que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten totalmente para el trabajo
habitual.
k) Para acreditar la situación de acogimiento del solicitante se deberá aportar resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor
que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar.
2. La documentación que acompañe a la solicitud, deberá estar traducida, en su caso,
al castellano por intérprete jurado.
3. La documentación en formato digital deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Proceder del documento original y contar con la suficiente calidad que permita su
correcta visualización.
b) El formato de los ficheros de documentación así como su tamaño máximo deberá
ajustarse a lo establecido, a estos efectos, en la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid.

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