C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20200706-30)
Bases ayudas –  Orden 440/2020, de 23 de junio, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas audiovisuales para el desarrollo de producciones audiovisuales en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020

Pág. 203

— Ficción, animación y documental creativo:
1.d) Potencial para llegar al público a nivel nacional e internacional, hasta 25
puntos. Se tendrá en cuenta la dimensión transnacional del concepto/tema
del proyecto y su potencial internacional considerando el equipo creativo, el
elenco, y la ejecución propuesta y las estrategias de colaboración, especialmente con sociedades coproducción no nacionales.
o
2. Diseminación de los resultados del proyecto (hasta 25 puntos), en virtud de la estrategia nacional e internacional de distribución y marketing, con el siguiente desglose:
2.a) Estrategia de distribución nacional e internacional, hasta 15 puntos. Para ello se
tendrán en cuenta la relevancia de la estrategia de distribución con respecto al
público al que va dirigido, los métodos de distribución previstos, los socios establecidos o previstos, el conocimiento de los mercados nacionales e internacionales, y la relevancia de los territorios elegidos (países o regiones vecinas, Europa, otros continentes).
2.b) Estrategia de comercialización nacional e internacional, hasta 10 puntos. Para
ello se tendrán en cuenta la relevancia de la estrategia de comercialización con
respecto a la estrategia de distribución, a los segmentos a los que se dirige, puntos de venta, canales de comercialización, las ventajas del mercado seleccionado, y las actividades de promoción planeadas, asimismo se tendrá en cuenta la
adecuación del plan y herramientas de comunicación y marketing.
o
3. Calidad del contenido y actividades, hasta 10 puntos. Para ello se tendrá en cuenta la calidad de la estrategia de desarrollo, la adecuación del plan de desarrollo y presupuesto de desarrollo a las necesidades del proyecto, la concreción de las actividades previstas,
y la adecuación del plan de programación de desarrollo.
4.o Impacto y sostenibilidad, hasta 10 puntos, en virtud de la calidad de la estrategia
de financiación y potencial de viabilidad del proyecto. Para ello se tendrá en cuenta el conocimiento de los posibles socios y territorios adecuados a los que se dirige, suficiencia y
realismo del plan de financiación, adecuación de los costes de producción al proyecto y al
presupuesto de desarrollo, adecuación de la estrategia de financiación en comparación con
los costes de producción estimados y, por último, el nivel de compromiso y participación
de la financiación no nacional.
La concesión de la ayuda requerirá un mínimo de 60 puntos.
Decimotercera
Órganos competentes para la ordenación, instrucción y órgano colegiado de evaluación
1. Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, la Dirección General de Promoción
Cultural, como órgano instructor, emitirá informe en el que se tendrán en consideración los
criterios establecidos en la base duodécima.
2. Posteriormente, se someterá a la Comisión Sectorial de Cine y Audiovisual del
Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid que participará en la respectiva propuesta
de resolución. La Comisión estará formada por un representante de los Grupos Parlamentarios presentes en la Asamblea de Madrid, y representantes de entidades que integran el
Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid. La convocatoria enumerará la composición de los miembros de la citada Comisión. Todo ello se efectuará de conformidad con los
artículos 5 y 6 de la Ley 6/1992, de 15 de julio, de Creación del Consejo de Cultura de la
Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 3 y 17 del Reglamento de Régimen Interior del citado Consejo.
Decimocuarta
1. La propuesta de la Comisión Sectorial de Cine y Audiovisual se considerará como
resolución provisional en la que aparecerá una relación con los solicitantes valorados de
mayor a menor. Aquellos que hayan obtenido mayor puntuación, y que sean propuestos
para obtener la ayuda, deberán presentar la documentación legal de acreditación de la identidad y del cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social, en el caso de no
haberlo realizado en la fase de solicitud, para lo cual se les otorgará un plazo de 10 días.
2. La propuesta definitiva contendrá los solicitantes que hayan obtenido mayor puntuación y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos en las normas regu-

BOCM-20200706-30

Resolución provisional, definitiva, concesión y recursos