C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20200706-28)
Bases ayudas –  Orden 1360/2020, de 25 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 162

des subvencionadas, siempre que el importe de las subvenciones, en ningún caso, sea de tal
cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Artículo 15
Publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
1. La convocatoria relativa a esta línea de subvención se publicará en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
2. El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones, una vez publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el extracto correspondiente.
3. En el caso de que la convocatoria establezca otros medios de publicidad adicionales, esta deberá incluir las previsiones necesarias para que los posibles solicitantes conozcan de forma inequívoca el cómputo de plazos para la presentación de solicitudes.
Artículo 16
1. La solicitud, ajustada al modelo que se establezca en la correspondiente convocatoria, irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Memoria del proyecto para el cual se solicita la ayuda, con arreglo al artículo 8 y
que contendrá los méritos alegados que servirán como valoración según el artículo 20. La pertenencia a la Red de Centros de información juvenil será comprobada de oficio por la Dirección General competente en materia de juventud.
b) En caso de que la capacidad de representación legal de la entidad no lo sea por razón del cargo, documentación acreditativa de dicha capacidad. Cuando la subvención sea solicitada por una agrupación de entidades locales, deberá acreditarse
además la delegación en la solicitante.
c) Declaración responsable, de acuerdo con el modelo que se establezca en la convocatoria, en la que conste el compromiso del solicitante de cofinanciar la inversión
en la parte no cubierta por la ayuda, así como en su caso, las cuantías que se cofinancien como consecuencia de concurrencia de otras subvenciones con la misma
finalidad. Este último extremo, si se produce con posterioridad a la presentación
de la solicitud, se comunicará en el momento en que dicha ayuda sea concedida.
d) Acreditación de haber presentado las últimas cuentas anuales ante la Cámara de
Cuentas de la Comunidad de Madrid.
e) Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante, de acuerdo con el modelo que se establezca en la convocatoria, de no encontrarse ésta incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, de no tener deudas por reintegro de subvenciones y de cumplir con
lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en el tratamiento de los datos
de carácter personal. Por el representante legal respectivo.
f) En caso de que la realización de actividades objeto de la subvención implique contacto habitual con menores, declaración responsable del representante legal de la entidad de que el personal que realice tales actividades no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, trata o
explotación de menores, de acuerdo con el modelo que se establezca en la convocatoria.
g) Certificado del Secretaria del Ayuntamiento en que se indique el número de habitantes empadronados a fecha de la solicitud.
2. Solo en caso de que conste en el expediente oposición expresa a la consulta de datos a través de los sistemas de intercambio de información entre las administraciones Públicas, se deberá aportar, además, la siguiente documentación:
a) Certificado de estar al corriente de pago de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
b) Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.

BOCM-20200706-28

Solicitudes y documentación a presentar