C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20200706-27)
Bases ayudas –  Orden 1359/2020, de 25 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a entidades juveniles para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020

Pág. 171

Artículo 15
Publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
1. La convocatoria relativa a esta línea de subvención se publicará en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
2. El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones, una vez publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el extracto correspondiente.
3. En el caso de que la convocatoria establezca otros medios de publicidad adicionales, esta deberá incluir las previsiones necesarias para que los posibles solicitantes conozcan de forma inequívoca el cómputo de plazos para la presentación de solicitudes.
Artículo 16
Forma de concesión
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, hasta agotar el crédito disponible y con arreglo a los criterios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados
para el establecimiento de las mismas y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Artículo 17
1. Cada entidad podrá presentar una sola solicitud individual con un único proyecto.
2. La solicitud, ajustada al modelo y anexos que se establezca en la correspondiente
convocatoria irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Memoria del proyecto para el cual se solicita la ayuda, con arreglo al artículo 6 y
que contendrá los méritos alegados que servirán como valoración según el artículo 21. La pertenencia a la Red de Centros de información juvenil será comprobada de oficio por la Dirección General competente en materia de juventud.
b) Memoria general de la entidad, ajustada el modelo que se establezca en la convocatoria.
c) Estatutos de la entidad o norma de creación y funcionamiento interno.
d) Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en el de ámbito estatal.
e) En su caso, certificado expedido por Consejo de la Juventud de la Comunidad de
Madrid de pertenencia de la entidad al mismo como miembro de pleno derecho.
f) Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante, según el
modelo que se establezca en la convocatoria, de no tener esta deudas por reintegro
de subvenciones, de no encontrarse incursa en las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y de cumplir con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, y garantía de
los derechos digitales, en el tratamiento de los datos de carácter personal.
g) Declaración responsable del representante de la entidad solicitante, según el modelo que se establezca en la convocatoria, de otras ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas para el mismo objeto y finalidad.
h) En caso de que la realización de actividades objeto de la subvención implique contacto habitual con menores, declaración responsable del representante legal de la
entidad, según el modelo que se establezca en la convocatoria, de que el personal
que realice tales actividades no ha sido condenado por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual, trata o explotación de menores, de
acuerdo con el modelo que se establezca en la convocatoria.
i) En caso de que la entidad cuente con voluntarios que participen en el desarrollo
del proyecto para el que se solicita la subvención, se deberá presentar una declaración responsable del representante legal, según el modelo que se establezca en
la convocatoria, indicando que estos voluntarios no cuentan con antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar
contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e in-

BOCM-20200706-27

Solicitudes y documentación a presentar