Madrid (BOCM-20200702-40)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan Especial parcelas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 159

JUEVES 2 DE JULIO DE 2020

Pág. 211

6. Colocación de vallado interior en el jardín protegido: Delimitación de las zonas
correspondientes a la Universidad y al Ministerio de Defensa, para garantizar el uso de los
edificios de uso docente de forma independiente del resto del complejo.
El resto de obras necesarias para implantar este Plan Especial son admisibles en aplicación del Régimen General de Obras del Plan General (art. 4.3.12 y 4.3.13).
Condiciones de protección y análisis de la edificación
Se mantienen las condiciones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana
de Madrid, y en el plano de análisis de la edificación.
Protección de la vegetación y jardines protegidos
Se prestará especial atención a las condiciones establecidas en el Plan General, artículo 4.6.7.5. En particular, y en relación con las especies existentes en el ámbito de este Plan
Especial, se adoptarán las siguientes medidas:
— La única especie afectada por este Plan Especial es una unidad de Trachycarpus
fortunei (palmera), situada en el área de actuación de las obras exteriores a los edificios E y F (esquina norte de la parcela de Serrano Jover). Se establecerá una protección física durante las obras, y se creará un alcorque en el solado, para mantener su sistema radicular.
— Se realizará una resiembra de césped en el jardín interior de Princesa 32 una vez
ejecutadas las obras de la pasarela.
— Se retirará la hedera hélix (hiedra) existente en el muro de separación de la parcela
de Serrano Jover con la finca colindante, de Santa Crz de Marcenado.
— Se protegerá el ejemplar de pinas pinea (pino) existente junto a la fachada sur del
edificio D, cubriendo el tronco con tablones durante la ejecución de las obras.
Se permitirán las obras necesarias para mejorar la comunicación entre edificios y la accesibilidad en general, siempre y cuando no alteren los valores histórico-artísticos de los
edificios catalogados. La ocupación de los jardines catalogados con ampliaciones no excederá del 5% de la superficie de las parcelas. El incremento de ocupación para cada una de
las parcelas será el que se recoge en la tabla siguiente:

SERRANO JOVER 2
PRINCESA 32

OCUPACIÓN
PROPUESTA (m2)
-65,4
63,8

SUPERFICIE
JARDÍN
1.600
5.500

INCIDENCIA
-4,1%
1,2%

Tabla 14: Variación de la ocupación en los jardines protegidos.
Cuando la nueva pavimentación de los espacios exteriores afecte a las especies protegidas, se preverá la ejecución de alcorques perimetrales.
ANEXO

4.1. Consideraciones a tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial. Se deberán tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial, los siguientes condicionantes ambientales:
4.1.1. Protección del Patrimonio Histórico: Se cumplirán las prescripciones señaladas en el dictamen de la Comisión Local de Patrimonio Histórico de Madrid en su sesión
de 18 de enero de 2019, ratificadas por la Dirección General de Patrimonio Cultural el 25
de enero de 2019 como informe preceptico al Plan Especial.
4.1.2. Cumplimiento del Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid: Vista la documentación remitida y según el informe del Canal de Isabel II de fecha 25 de octubre
de 2019, como Ente Gestor de la red de saneamiento y depuración a la que se verterán las
aguas residuales generadas en este ámbito, se informa lo siguiente:
El Plan Especial no supone un incremento de edificabilidad respecto a lo aprobado en el
Planeamiento vigente, aunque si supone un aumento de edificabilidad de 1003,9 m2 (según el
cuadro de la página 80 de la Memoria) de uso dotacional con respecto a la situación actual.

BOCM-20200702-40

CONSIDERACIONES MEDIOAMBIENTALES