D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20200702-19)
Convenio – Convenio de 10 de junio de 2020, de transferencia y financiación entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Leganés en relación con la solicitud de dispensa planteada por dicho Ayuntamiento sobre la prestación del servicio de prevención, extinción de incendios y salvamentos
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BOCM
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
ción y Extinción de Incendios y Salvamentos ingrese la Comunidad de Madrid de la Unión
Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA).
Octava
Vigencia
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y mantendrá su duración hasta el día 1 de octubre de 2020, fecha de traspaso efectivo de los referidos medios
personales y materiales.
En caso de que a fecha 1 de octubre de 2020 no se hubiese publicado el correspondiente Decreto del Consejo de Gobierno por el que se resuelve la concesión de dispensa solicitada, la vigencia del presente convenio se extenderá hasta el día siguiente al de su publicación.
Novena
En el marco de la colaboración mutua entre las partes, se establece un período transitorio desde la firma del presente convenio hasta el 1 de octubre de 2020 a las 8:55 a.m., fecha
de eficacia plena de la dispensa y de asunción por la Comunidad de Madrid de la prestación
del servicio de extinción de incendios del Ayuntamiento de Leganés. La fecha de eficacia
plena quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en la cláusula octava del presente convenio.
Este período transitorio persigue la preparación de las transferencias, equiparando las
dotaciones humanas y materiales del servicio municipal a las equivalentes del Cuerpo de
Bomberos de la Comunidad de Madrid, así como equiparar los procesos de funcionamiento operativos y técnicos del servicio de extinción de incendios del Ayuntamiento con los del
Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, y lograr la colaboración técnica y de formación entre ambas organizaciones.
El alcance de la colaboración se cifra en los siguientes objetivos:
1. El Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Leganés adoptará los
procedimientos y formas de trabajo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
2. Se valorarán las acciones necesarias y se establecerán procesos para la integración
en los sistemas de reposición, mantenimiento de medios y equipos, de control y mantenimiento físico y sanitario, así como de gestión y nóminas del personal del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid en el momento que se produzca la integración.
3. Para la correcta transferencia del personal se hace necesario facilitar por parte del
responsable del tratamiento de datos del Ayuntamiento de Leganés los datos personales de
medios personales que se transfieren, a los que se hace referencia en el presente convenio,
como trámite previo a la concesión de la dispensa.
Esta transferencia de datos personales se realizará en las condiciones establecidas en
la cláusula décima cuarta del presente convenio.
4. Se valorarán las acciones necesarias y se establecerán procedimientos para que la
información sobre demandas de intervención que lleguen al Centro de Atención de Llamadas de Emergencia 112 referente al municipio de Leganés sea transferida al CECOP, en el
momento que se produzca la integración y de forma simultánea durante los dos meses anteriores a la fecha de integración.
5. Se conseguirá una equiparación de los procesos de funcionamiento, operativos y
técnicos, del Servicio de Extinción de Incendios de Leganés con el Cuerpo de Bomberos
de la Comunidad de Madrid, con carácter previo a la integración.
6. Se diseñarán y desarrollarán ejercicios y maniobras conjuntas.
7. Ambas partes potenciarán la programación periódica de visitas de personal de ambas administraciones, con el objeto de hacer efectiva la integración.
8. Para la adecuada integración de la plantilla de Leganés se plantean cinco fases formativas:
a. La primera acción formativa tuvo lugar durante el primer semestre del 2019, habiéndose impartido los módulos de: SITREM, comunicaciones y procedimientos
básicos de integración.
b. La segunda acción formativa tuvo lugar durante el segundo semestre 2019, habiéndose impartido los módulos de Procedimientos operativos y Dirección y control (mandos).
BOCM-20200702-19
Período transitorio
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
ción y Extinción de Incendios y Salvamentos ingrese la Comunidad de Madrid de la Unión
Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA).
Octava
Vigencia
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y mantendrá su duración hasta el día 1 de octubre de 2020, fecha de traspaso efectivo de los referidos medios
personales y materiales.
En caso de que a fecha 1 de octubre de 2020 no se hubiese publicado el correspondiente Decreto del Consejo de Gobierno por el que se resuelve la concesión de dispensa solicitada, la vigencia del presente convenio se extenderá hasta el día siguiente al de su publicación.
Novena
En el marco de la colaboración mutua entre las partes, se establece un período transitorio desde la firma del presente convenio hasta el 1 de octubre de 2020 a las 8:55 a.m., fecha
de eficacia plena de la dispensa y de asunción por la Comunidad de Madrid de la prestación
del servicio de extinción de incendios del Ayuntamiento de Leganés. La fecha de eficacia
plena quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en la cláusula octava del presente convenio.
Este período transitorio persigue la preparación de las transferencias, equiparando las
dotaciones humanas y materiales del servicio municipal a las equivalentes del Cuerpo de
Bomberos de la Comunidad de Madrid, así como equiparar los procesos de funcionamiento operativos y técnicos del servicio de extinción de incendios del Ayuntamiento con los del
Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, y lograr la colaboración técnica y de formación entre ambas organizaciones.
El alcance de la colaboración se cifra en los siguientes objetivos:
1. El Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Leganés adoptará los
procedimientos y formas de trabajo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
2. Se valorarán las acciones necesarias y se establecerán procesos para la integración
en los sistemas de reposición, mantenimiento de medios y equipos, de control y mantenimiento físico y sanitario, así como de gestión y nóminas del personal del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid en el momento que se produzca la integración.
3. Para la correcta transferencia del personal se hace necesario facilitar por parte del
responsable del tratamiento de datos del Ayuntamiento de Leganés los datos personales de
medios personales que se transfieren, a los que se hace referencia en el presente convenio,
como trámite previo a la concesión de la dispensa.
Esta transferencia de datos personales se realizará en las condiciones establecidas en
la cláusula décima cuarta del presente convenio.
4. Se valorarán las acciones necesarias y se establecerán procedimientos para que la
información sobre demandas de intervención que lleguen al Centro de Atención de Llamadas de Emergencia 112 referente al municipio de Leganés sea transferida al CECOP, en el
momento que se produzca la integración y de forma simultánea durante los dos meses anteriores a la fecha de integración.
5. Se conseguirá una equiparación de los procesos de funcionamiento, operativos y
técnicos, del Servicio de Extinción de Incendios de Leganés con el Cuerpo de Bomberos
de la Comunidad de Madrid, con carácter previo a la integración.
6. Se diseñarán y desarrollarán ejercicios y maniobras conjuntas.
7. Ambas partes potenciarán la programación periódica de visitas de personal de ambas administraciones, con el objeto de hacer efectiva la integración.
8. Para la adecuada integración de la plantilla de Leganés se plantean cinco fases formativas:
a. La primera acción formativa tuvo lugar durante el primer semestre del 2019, habiéndose impartido los módulos de: SITREM, comunicaciones y procedimientos
básicos de integración.
b. La segunda acción formativa tuvo lugar durante el segundo semestre 2019, habiéndose impartido los módulos de Procedimientos operativos y Dirección y control (mandos).
BOCM-20200702-19
Período transitorio