C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20200701-16)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 11 de junio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se modifica el Anexo de la Orden de 9 de marzo de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones Gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2020
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 158
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
Pág. 93
3. Personas destinatarias
Podrán ser destinatarias finales de las ayudas las siguientes:
1. Personas desempleadas demandantes de empleo inscritas en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante un período de, al menos, un mes ininterrumpido
e inmediatamente anterior a su contratación, salvo en el supuesto de personas trabajadoras
retornadas del extranjero a los que no se exigirá la inscripción previa en desempleo.
2. Personas desempleadas que hayan causado baja involuntaria durante el estado de
alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo para las que se exigirá la
inscripción al menos el día anterior a su contratación, así como de las personas desempleadas de larga o muy larga duración para las que se exigirán los periodos de inscripción que
se determinan en el Acuerdo de 10 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que
se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de
subvenciones del Programa de Incentivos a la Contratación Indefinida.
3. Personas trabajadoras que vinieran disfrutando de un contrato formativo o temporal con una vigencia mínima de seis meses previos a la fecha de la conversión y cuando las
personas contratadas desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.
4. Personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, de suspensión o reducción de jornada, que se reincorporen a la actividad o cuya jornada laboral sea restablecida a la finalización de la respectiva causa de suspensión de contrato o de reducción de jornada.
5. Personas trabajadoras mayores de 50 años con contrato indefinido.
6. Personas trabajadoras con contratos indefinidos a tiempo parcial con una antigüedad
de, al menos, dos meses.
4. Fuentes de financiación y coste previsible
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos procedentes del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal y su concesión estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Comunidad de Madrid.
El presupuesto estimado que será destinado a esta medida es de 39.300.000 euros.
5. Plazo de ejecución
Anual.
6. Efectos y resultados perseguidos
Con este programa se pretende fomentar la contratación estable y reforzar la estabilidad del mercado laboral madrileño, aumentando el número de contratos indefinidos, facilitando la contratación indefinida inicial de personas desempleadas, promoviendo la conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos y apoyando el mantenimiento del
empleo indefinido y de calidad.
Con el presupuesto asignado está previsto incentivar un total de 12.980 contrataciones.
7. Contribución al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible
El programa contribuirá al cumplimiento de los siguientes ODS:
5. Igualdad de género.
8. Trabajo decente y crecimiento económico.
10. Reducción de las desigualdades.
8. Procedimiento de concesión
9. Indicadores específicos
— Número de contratos indefinidos, desagregado por sexo y grupos de edad.
— Número de contratos indefinidos a tiempo completo, desagregado por sexo y grupos de edad.
— Número de contratos indefinidos a tiempo parcial, desagregado por sexo y grupos
de edad.
— Número de contratos indefinidos por colectivo destinatario.
BOCM-20200701-16
Concesión directa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 158
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
Pág. 93
3. Personas destinatarias
Podrán ser destinatarias finales de las ayudas las siguientes:
1. Personas desempleadas demandantes de empleo inscritas en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante un período de, al menos, un mes ininterrumpido
e inmediatamente anterior a su contratación, salvo en el supuesto de personas trabajadoras
retornadas del extranjero a los que no se exigirá la inscripción previa en desempleo.
2. Personas desempleadas que hayan causado baja involuntaria durante el estado de
alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo para las que se exigirá la
inscripción al menos el día anterior a su contratación, así como de las personas desempleadas de larga o muy larga duración para las que se exigirán los periodos de inscripción que
se determinan en el Acuerdo de 10 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que
se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de
subvenciones del Programa de Incentivos a la Contratación Indefinida.
3. Personas trabajadoras que vinieran disfrutando de un contrato formativo o temporal con una vigencia mínima de seis meses previos a la fecha de la conversión y cuando las
personas contratadas desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.
4. Personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, de suspensión o reducción de jornada, que se reincorporen a la actividad o cuya jornada laboral sea restablecida a la finalización de la respectiva causa de suspensión de contrato o de reducción de jornada.
5. Personas trabajadoras mayores de 50 años con contrato indefinido.
6. Personas trabajadoras con contratos indefinidos a tiempo parcial con una antigüedad
de, al menos, dos meses.
4. Fuentes de financiación y coste previsible
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos procedentes del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal y su concesión estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Comunidad de Madrid.
El presupuesto estimado que será destinado a esta medida es de 39.300.000 euros.
5. Plazo de ejecución
Anual.
6. Efectos y resultados perseguidos
Con este programa se pretende fomentar la contratación estable y reforzar la estabilidad del mercado laboral madrileño, aumentando el número de contratos indefinidos, facilitando la contratación indefinida inicial de personas desempleadas, promoviendo la conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos y apoyando el mantenimiento del
empleo indefinido y de calidad.
Con el presupuesto asignado está previsto incentivar un total de 12.980 contrataciones.
7. Contribución al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible
El programa contribuirá al cumplimiento de los siguientes ODS:
5. Igualdad de género.
8. Trabajo decente y crecimiento económico.
10. Reducción de las desigualdades.
8. Procedimiento de concesión
9. Indicadores específicos
— Número de contratos indefinidos, desagregado por sexo y grupos de edad.
— Número de contratos indefinidos a tiempo completo, desagregado por sexo y grupos de edad.
— Número de contratos indefinidos a tiempo parcial, desagregado por sexo y grupos
de edad.
— Número de contratos indefinidos por colectivo destinatario.
BOCM-20200701-16
Concesión directa.