C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20200701-16)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 11 de junio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se modifica el Anexo de la Orden de 9 de marzo de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones Gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 158

titividad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para el
año 2020, que queda redactado en los siguientes términos:
1.

MEDIDA 15, 27 y 44 DE LA ESTRATEGIA MADRID POR EL EMPLEO

PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
1. Objetivos que se pretenden alcanzar
a) Fomentar la contratación estable y el mantenimiento del empleo, especialmente,
de los sectores de población más afectados por el desempleo como son las personas desempleadas de larga duración, los mayores de 45 años, las mujeres, los trabajadores retornados del extranjero a la Comunidad de Madrid, las personas pertenecientes al colectivo de personas trans y las personas desempleadas que hayan
causado baja involuntaria durante el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como la transformación en indefinido de contratos formativos y temporales siempre que la actividad se desarrolle en centros de
trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid.
Para lograr este objetivo se concederán incentivos por cada contratación indefinida realizada, graduando la intensidad de la ayuda en función del colectivo al que
pertenezca la persona contratada y la duración de la jornada establecida en el contrato, así como por cada transformación en indefinido de contratos temporales y
formativos.
Por su parte, los autónomos que contraten a su primer empleado de manera indefinida recibirán una ayuda adicional de 2.000 euros que se sumará a la cuantía del
incentivo que le corresponda en función del perfil de la persona contratada.
b) Apoyar el mantenimiento del empleo indefinido de aquellas personas trabajadoras
afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, por suspensión temporal del contrato o reducción de jornada, bien por fuerza mayor temporal o bien
por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, así como proteger el empleo estable de los trabajadores de mayor edad.
Para lograr este objetivo, se concederán incentivos por la reincorporación de trabajadores a la actividad o al restablecimiento de la jornada laboral de trabajadores
afectados por expedientes de regulación temporal de empleo, de suspensión o reducción de jornada, respectivamente, e incentivos para el mantenimiento del empleo de mayores de 50 años.
c) Impulsar la contratación indefinida a tiempo completo, especialmente de mujeres
que trabajan a jornada parcial.
Para lograr este objetivo, se concederán incentivos por ampliación a jornada completa de contratos indefinidos a tiempo parcial.

En función del tipo de ayuda se distinguen los siguientes beneficiarios:
a) Podrán acogerse a las ayudas a la contratación indefinida y la conversión de contratos temporales en indefinidos las personas trabajadoras autónomas, las empresas, y las entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan
los requisitos y condiciones que se establecen en el Acuerdo de 10 de julio
de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras
y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del Programa de Incentivos a la Contratación Indefinida.
b) Podrán acogerse a las ayudas destinadas al mantenimiento del empleo indefinido
de personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, de personas de más de 50 años y para ampliación a jornada completa de contratos indefinidos a tiempo parcial: Las personas trabajadoras autónomas, las entidades de
carácter privado que no tengan ánimo de lucro y las pymes, con centro de trabajo
en la Comunidad de Madrid.

BOCM-20200701-16

2. Beneficiarios