C) Otras Disposiciones - Consejería de Educación (BOCM-20110610-18)
Normas funcionamiento Universidad – Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San Pablo-CEU
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BOCM
Pág. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 136
k) Ser informados de los posibles cambios que puedan afectar sustancialmente a las
enseñanzas que cursen.
l) Promover y participar en asociaciones de alumnos y de antiguos alumnos en los
términos que establezca el Reglamento del Alumnado.
m) Contar con los servicios académicos, psicopedagógicos y de atención, orientación
e información que la Universidad promueva para conseguir una formación integral, que les permita convertirse en profesionales preparados científica, técnica y
éticamente, y desarrollarse como personas, de forma que faciliten su acceso al
mundo laboral.
n) Los demás derechos reconocidos por la Ley Orgánica de Universidades y otras
disposiciones reglamentarias que desarrollen las presentes Normas de Organización y Funcionamiento.
Artículo 77
Deberes
Son deberes de los alumnos:
a) Desarrollar el trabajo académico propio de su condición universitaria con aprovechamiento suficiente.
b) Respetar el Ideario de la Universidad, sus instalaciones y su patrimonio, así como
hacer un adecuado uso de sus bienes y recursos.
c) Ejercer responsablemente los cargos para los que hayan sido elegidos o designados.
d) Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en el buen funcionamiento de
la Universidad y en la mejora de sus servicios.
e) El trato considerado y respetuoso hacia todo el personal de la Universidad, sus
compañeros y cuantas personas la visiten.
f) Mantener el adecuado orden y disciplina en el recinto universitario y promover la
normal convivencia entre todos los miembros de la comunidad universitaria.
g) Cumplir las Normas de Organización y Funcionamiento y demás disposiciones reglamentarias que las desarrollen.
h) Participar en la evaluación del profesorado y de los servicios universitarios, por medio de las encuestas y sondeos de opinión que aplique la Universidad San PabloCEU, para la mejora continua de la calidad de todas sus prestaciones al alumnado.
Capítulo III
Del personal de administración y servicios
Artículo 78
Personal de administración y servicios
Al personal de administración y servicios de la Universidad, bajo la dirección del
Gerente, le corresponden las funciones de gestión, apoyo, asistencia y mantenimiento, para
la adecuada prestación de todos los servicios universitarios, que contribuyen a la consecución de los fines propios de la Universidad.
Artículo 79
Son derechos del personal de administración y servicios:
a) Disponer de los medios adecuados para el desempeño de sus tareas y conocer las
funciones asignadas a su puesto de trabajo.
b) Recibir la formación profesional encaminada a su perfeccionamiento, movilidad y
promoción, de acuerdo con los medios que la Universidad destine a tal fin.
c) Conocer los criterios que utilice la Universidad en la organización y promoción
del personal.
d) Ser informado de los resultados de la evaluación efectuada sobre las labores que
tengan encomendadas.
e) Promocionarse conforme a criterios objetivos.
BOCM-20110610-18
Derechos
Pág. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 136
k) Ser informados de los posibles cambios que puedan afectar sustancialmente a las
enseñanzas que cursen.
l) Promover y participar en asociaciones de alumnos y de antiguos alumnos en los
términos que establezca el Reglamento del Alumnado.
m) Contar con los servicios académicos, psicopedagógicos y de atención, orientación
e información que la Universidad promueva para conseguir una formación integral, que les permita convertirse en profesionales preparados científica, técnica y
éticamente, y desarrollarse como personas, de forma que faciliten su acceso al
mundo laboral.
n) Los demás derechos reconocidos por la Ley Orgánica de Universidades y otras
disposiciones reglamentarias que desarrollen las presentes Normas de Organización y Funcionamiento.
Artículo 77
Deberes
Son deberes de los alumnos:
a) Desarrollar el trabajo académico propio de su condición universitaria con aprovechamiento suficiente.
b) Respetar el Ideario de la Universidad, sus instalaciones y su patrimonio, así como
hacer un adecuado uso de sus bienes y recursos.
c) Ejercer responsablemente los cargos para los que hayan sido elegidos o designados.
d) Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en el buen funcionamiento de
la Universidad y en la mejora de sus servicios.
e) El trato considerado y respetuoso hacia todo el personal de la Universidad, sus
compañeros y cuantas personas la visiten.
f) Mantener el adecuado orden y disciplina en el recinto universitario y promover la
normal convivencia entre todos los miembros de la comunidad universitaria.
g) Cumplir las Normas de Organización y Funcionamiento y demás disposiciones reglamentarias que las desarrollen.
h) Participar en la evaluación del profesorado y de los servicios universitarios, por medio de las encuestas y sondeos de opinión que aplique la Universidad San PabloCEU, para la mejora continua de la calidad de todas sus prestaciones al alumnado.
Capítulo III
Del personal de administración y servicios
Artículo 78
Personal de administración y servicios
Al personal de administración y servicios de la Universidad, bajo la dirección del
Gerente, le corresponden las funciones de gestión, apoyo, asistencia y mantenimiento, para
la adecuada prestación de todos los servicios universitarios, que contribuyen a la consecución de los fines propios de la Universidad.
Artículo 79
Son derechos del personal de administración y servicios:
a) Disponer de los medios adecuados para el desempeño de sus tareas y conocer las
funciones asignadas a su puesto de trabajo.
b) Recibir la formación profesional encaminada a su perfeccionamiento, movilidad y
promoción, de acuerdo con los medios que la Universidad destine a tal fin.
c) Conocer los criterios que utilice la Universidad en la organización y promoción
del personal.
d) Ser informado de los resultados de la evaluación efectuada sobre las labores que
tengan encomendadas.
e) Promocionarse conforme a criterios objetivos.
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Derechos