C) Otras Disposiciones - Consejería de Educación (BOCM-20110610-18)
Normas funcionamiento Universidad – Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San Pablo-CEU
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 136
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
Pág. 49
Artículo 41
El Gerente
El Gerente, que no podrá ejercer funciones docentes, es responsable de la gestión de
los servicios administrativos y económicos de la Universidad, bajo la inmediata dependencia funcional del Rector, según las directrices y facultades que le señale el Patronato.
Será nombrado por el Patronato a propuesta del Rector.
Artículo 42
Funciones del Gerente
Son competencias del Gerente:
a) Ejercer el control y la gestión de ingresos y gastos de la Universidad incluidos en
el presupuesto anual, supervisando el cumplimiento de sus previsiones.
b) Proponer al Rector la autorización de los gastos y la ordenación de los pagos de
conformidad con los presupuestos de la Universidad.
c) Elaborar y actualizar el inventario de bienes y derechos que integran el patrimonio
asignado a la Universidad.
d) Elaborar la propuesta de presupuesto anual y rendición de cuentas de su ejecución.
e) Elaborar la memoria económica anual de la Universidad.
f) Elaborar los planes de inversión plurianuales.
g) Cualquier otra competencia que le sea conferida por las normas que se dicten en
desarrollo de las presentes Normas de Organización y Funcionamiento.
Artículo 43
Los Decanos y Directores
Los Decanos de Facultad y Directores de Escuela y de Centro ostentan la representación y ejercen las funciones de dirección y gestión ordinaria de los mismos. Serán nombrados por el Patronato a propuesta del Rector, entre los profesores doctores de la Universidad.
Artículo 44
Las competencias del Decano de Facultad y del Director de Escuela o de Centro son
las siguientes:
a) Dirigir y supervisar la docencia, la investigación y demás actividades de la Facultad, Escuela o Centro.
b) Proponer al Rector el nombramiento de los Vicedecanos, Subdirectores y los Directores de Departamento.
c) Proponer al Rector el nombramiento del Secretario de la Facultad, Escuela o Centro.
d) Organizar y dirigir los servicios administrativos de la Facultad, Escuela o Centro.
e) Convalidar los estudios de los alumnos que así lo soliciten, oídos los responsables de
las áreas de conocimiento afectadas, y de conformidad con las normas aplicables.
f) Velar por el cumplimiento de las normas que afecten a la Facultad, Escuela o Centro y, en especial, las relativas al buen funcionamiento de los Servicios y al mantenimiento de la convivencia académica.
g) Fomentar la investigación y las actividades culturales y de extensión universitaria,
de acuerdo con la programación general de la Universidad.
h) Instar al Rector para que ejerza su función disciplinaria sobre profesores y alumnos de su Facultad, Escuela o Centro.
i) Promocionar los actos académicos y titulaciones de la Facultad.
j) Proponer nuevas titulaciones y reformas en los planes de estudio.
k) Buscar y organizar prácticas y ofertas de empleo para sus alumnos.
l) Elaborar el proyecto de presupuesto anual de su Facultad, Escuela o Centro y vigilar
el cumplimiento de este.
BOCM-20110610-18
Funciones de los Decanos y Directores
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 136
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
Pág. 49
Artículo 41
El Gerente
El Gerente, que no podrá ejercer funciones docentes, es responsable de la gestión de
los servicios administrativos y económicos de la Universidad, bajo la inmediata dependencia funcional del Rector, según las directrices y facultades que le señale el Patronato.
Será nombrado por el Patronato a propuesta del Rector.
Artículo 42
Funciones del Gerente
Son competencias del Gerente:
a) Ejercer el control y la gestión de ingresos y gastos de la Universidad incluidos en
el presupuesto anual, supervisando el cumplimiento de sus previsiones.
b) Proponer al Rector la autorización de los gastos y la ordenación de los pagos de
conformidad con los presupuestos de la Universidad.
c) Elaborar y actualizar el inventario de bienes y derechos que integran el patrimonio
asignado a la Universidad.
d) Elaborar la propuesta de presupuesto anual y rendición de cuentas de su ejecución.
e) Elaborar la memoria económica anual de la Universidad.
f) Elaborar los planes de inversión plurianuales.
g) Cualquier otra competencia que le sea conferida por las normas que se dicten en
desarrollo de las presentes Normas de Organización y Funcionamiento.
Artículo 43
Los Decanos y Directores
Los Decanos de Facultad y Directores de Escuela y de Centro ostentan la representación y ejercen las funciones de dirección y gestión ordinaria de los mismos. Serán nombrados por el Patronato a propuesta del Rector, entre los profesores doctores de la Universidad.
Artículo 44
Las competencias del Decano de Facultad y del Director de Escuela o de Centro son
las siguientes:
a) Dirigir y supervisar la docencia, la investigación y demás actividades de la Facultad, Escuela o Centro.
b) Proponer al Rector el nombramiento de los Vicedecanos, Subdirectores y los Directores de Departamento.
c) Proponer al Rector el nombramiento del Secretario de la Facultad, Escuela o Centro.
d) Organizar y dirigir los servicios administrativos de la Facultad, Escuela o Centro.
e) Convalidar los estudios de los alumnos que así lo soliciten, oídos los responsables de
las áreas de conocimiento afectadas, y de conformidad con las normas aplicables.
f) Velar por el cumplimiento de las normas que afecten a la Facultad, Escuela o Centro y, en especial, las relativas al buen funcionamiento de los Servicios y al mantenimiento de la convivencia académica.
g) Fomentar la investigación y las actividades culturales y de extensión universitaria,
de acuerdo con la programación general de la Universidad.
h) Instar al Rector para que ejerza su función disciplinaria sobre profesores y alumnos de su Facultad, Escuela o Centro.
i) Promocionar los actos académicos y titulaciones de la Facultad.
j) Proponer nuevas titulaciones y reformas en los planes de estudio.
k) Buscar y organizar prácticas y ofertas de empleo para sus alumnos.
l) Elaborar el proyecto de presupuesto anual de su Facultad, Escuela o Centro y vigilar
el cumplimiento de este.
BOCM-20110610-18
Funciones de los Decanos y Directores