Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Colaboración Económica Municipal. (2025062882)
Resolución de 21 de julio de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 8 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Fomento del Empleo para práctica profesional 2025.
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NÚMERO 145

42687

Martes 29 de julio de 2025

En aplicación de los criterios establecidos, la distribución territorial de los fondos que co­
rresponde a cada entidad local es la que figura en el anexo “Distribución de fondos” que se
acompaña al presente acuerdo.
2. N
 o obstante, las entidades locales destinatarias de los fondos, podrán renunciar al crédito
total que les corresponda con carácter previo al ingreso del abono previsto en el apartado
cuarto del presente acuerdo.
El remanente resultante no se distribuirá entre el resto de las entidades locales beneficiarias,
procediéndose a efectuar la correspondiente anulación parcial de la aprobación y compromiso
del gasto por el importe del remanente.
Cuarto. Abono de la transferencia.
1. E
 l Programa de Colaboración Económica Municipal de Fomento del Empleo para la práctica
profesional 2025 tiene una dotación económica global que asciende a 1.200.000,00 euros.
Los créditos correspondientes al Programa de Colaboración Económica Municipal de Fo­
mento del Empleo para la práctica profesional 2025 se harán efectivos a las entidades
locales incluidas en el Anexo I mediante un único abono en 2025, con cargo a la Aplicación
Presupuestaria 14013 242A 46000, fondo CAG0000001, código de proyecto 20250388 y
conforme al siguiente detalle:
20250388 (CA)
FONDO

A. PRESUPUESTARIA

IMPORTE TOTAL CA

CAG0000001

14013 G/242A/460.00

1.200.000,00 €

Total general

1.200.000,00 €

2. E
 l pago de la transferencia a las entidades incluidas en el anexo I “Distribución de fondos”
de este acuerdo se hará mediante resolución de la persona titular de la Dirección Gerencia,
con cargo a la anualidad, aplicación presupuestaria y proyecto de gasto indicados. La reso­
lución determinará las entidades locales destinatarias del programa y la cuantía individual
que corresponda a cada una de ellas, conforme a los criterios de distribución previstos en
el resuelvo tercero de este acuerdo, en base a los siguientes devengos e importes:
Se realizará un abono, en 2025, por la cantidad global con cargo a la aplicación presupues­
taria indicada, dentro de los dos meses siguientes a la publicación del presente acuerdo.