Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Colaboración Económica Municipal. (2025062882)
Resolución de 21 de julio de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 8 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Fomento del Empleo para práctica profesional 2025.
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NÚMERO 145
Martes 29 de julio de 2025

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exigencias relativas a su gestión, tanto económico-financiera como ejecutiva, y su posterior
evaluación e intervención.
Mediante acuerdo del Consejo de Política Local de Extremadura de fecha 17 de junio de 2025,
se determinó el contenido del Programa de Colaboración Económica Municipal de Fomento
del Empleo para la práctica profesional 2025 y se establecen las condiciones de gestión y
ejecución presupuestaria del Programa de Colaboración Económica Municipal de Fomento del
Empleo para la práctica profesional 2025.
De acuerdo con las competencias dispuestas en el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diá­
logo Social, por el que se le atribuyen competencias de ordenación, ejecución y control de las
competencias que en materia de Administración Local estén atribuidas a la Junta de Extre­
madura y, en particular, el ejercicio de las competencias que la Ley 3/2019, de 22 de enero,
de garantía de la autonomía municipal de Extremadura atribuye a la Consejería competente
en materia de Administración Local y el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Esta­
tutos del Servicio Extremeño Público de Empleo por el que la Dirección General de Empleo
ejercerá entre otras, la función de la conexión de las políticas activas de empleo con el resto
de entidades e instituciones que trabajan y promueven programas y proyectos de empleo, por
lo que le corresponderá la gestión del presente programa.
El objetivo del presente Programa consiste en facilitar la inserción laboral de personas des­
empleadas, a través de contrataciones formalizadas bajo la modalidad del contrato para la
formación de la práctica profesional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3 del
Estatuto de los Trabajadores. Dicho contrato permitirá estos desempleados desarrollar una
actividad laboral retribuida y ajustada a su formación, en el marco de los servicios presta­
dos por las entidades locales destinatarias del programa, adquiriendo experiencia profesional
orientada al incremento de su empleabilidad.
El programa presta especial atención a la incorporación de personas jóvenes con titulación,
favoreciendo su primera experiencia profesional en el ámbito local como vía para reforzar su
vinculación al territorio, contribuir a fijar población en los municipios y combatir el fenómeno
de la despoblación en el medio rural extremeño, en línea con los objetivos de cohesión terri­
torial y sostenibilidad demográfica de la región.
Con esa finalidad el presente programa se destina a los Municipios de la Comu­nidad Autónoma
de Extremadura con una población superior a 20.000 habitantes.