Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025062857)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por la que se desestima la solicitud de subvención a la entidad Asociación Extremeña de Mujeres con Discapacidad, en el marco de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 144

42514

Lunes 28 de julio de 2025

el artículo 66, y, en su caso, los que señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación
específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la
falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21”.
En virtud de lo expuesto, conforme a las competencias atribuidas a la persona titular de la Secretaria General de Igualdad y Conciliación, atendiendo la propuesta de resolución definitiva
elevada en fecha 17 de julio de 2025 elevada por el Jefe de Servicio de Promoción, Impulso y
Desarrollo de las Políticas de Igualdad de la Secretaria General de Igualdad y Conciliación de
la Presidencia de la Junta de Extremadura,
RESUELVO:
Único. Desestimar la solicitud de subvención solicitada por la entidad Asociación Extremeña
de Mujeres con Discapacidad con NIF G10434082, para la financiación del proyecto “BENE
STARE IN AQUA” por importe de 24.003,36 €, en el marco de las subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de
la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el
marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género por incumplimiento del régimen de subcontratación
establecido en el artículo 14 de la Orden de 27 de julio de 2022 por la que se establecen y
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de
proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de
género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto
de Estado contra la Violencia de Género al suponer el coste de las actividades que integran el
proyecto y que se pretenden subcontratar un porcentaje del 95% del importe de la actividad
subvencionada incumpliendo por tanto el límite máximo del 50% previsto en las bases reguladoras de la subvención sin haber procedido a subsanar la deficiencia advertida.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Secretario General de la Consejería de Presidencia,
Interior y Diálogo Social, como órgano competente para resolver, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículo 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura o bien formular recurso contencioso administrativo
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de los
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, según lo previsto en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 23 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.