Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025062857)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por la que se desestima la solicitud de subvención a la entidad Asociación Extremeña de Mujeres con Discapacidad, en el marco de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 144
42515
Lunes 28 de julio de 2025
En caso de optar por la interposición de recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier
otro recurso que se considere procedente.
La presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura con efectos de notificación conforme dispone el resuelvo duodécimo de la Resolución de convocatoria, de acuerdo con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 18 de julio de 2025.
El Secretario General de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo
Social,
PD, Resolución de 3 de octubre de 2023
(DOE núm. 194, de 9 de octubre),
La Secretaria General de Igualdad y
Conciliación,
MARÍA DEL ARA SÁNCHEZ VERA
42515
Lunes 28 de julio de 2025
En caso de optar por la interposición de recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier
otro recurso que se considere procedente.
La presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura con efectos de notificación conforme dispone el resuelvo duodécimo de la Resolución de convocatoria, de acuerdo con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 18 de julio de 2025.
El Secretario General de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo
Social,
PD, Resolución de 3 de octubre de 2023
(DOE núm. 194, de 9 de octubre),
La Secretaria General de Igualdad y
Conciliación,
MARÍA DEL ARA SÁNCHEZ VERA