Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad De La Información. (2025062843)
Resolución de 15 de julio de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 1 de julio de 2025, por el que se establece una nueva Política de Privacidad y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 141
Miércoles 23 de julio de 2025
42146
A nivel autonómico, el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece las bases para el
uso de medios electrónicos en la Administración pública de Extremadura, facilitando la relación entre la Administración y los ciudadanos, así como las relaciones con otras Administraciones Públicas. Dicho decreto, establece en su disposición adicional séptima que el Consejo
de Gobierno establecerá una Política de Seguridad de la Información, “donde se marcarán las
directrices de la Administración para garantizar el acceso, la integridad, la autenticidad, la
confidencialidad y la conservación de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el
ejercicio de sus competencias”. “La Política de Privacidad y Seguridad de la Información será
reglamentariamente desarrollada por la Consejería competente en materia de administración
electrónica, a través del órgano directivo competente conforme al apartado tercero de la Disposición Adicional Séptima del Decreto 225/2014”.
Dicha Política debe ser coherente con la Estrategia de Ciberseguridad de la Unión Europea,
con las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de
27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga
la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), que sienta las bases de
una normativa de privacidad, en el auge de la economía digital, para garantía de los derechos
de la ciudadanía, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, que adapta dicho Reglamento General de
Protección de Datos al ámbito nacional, reconociendo y recopilando, además, un catálogo de
derechos digitales.
El 26 de junio de 2018, se aprobó por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, la actual Política de Privacidad y Seguridad de la información de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que cumple con las obligaciones recogidas en la
normativa vigente hasta esa fecha. Resultó oportuno e idóneo establecer dicha Política, que
define las directrices de la Administración para garantizar la integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad de los datos personales que dispone, conserva y obtiene
en la prestación de los servicios de interés público para preservar e incrementar la confianza
de la ciudadanía, pero que se ha quedado obsoleta.
A estos efectos, a propuesta de la Comisión de Coordinación de Administración Electrónica,
previa iniciativa de la Dirección General de Digitalización de la Administración, conforme a
lo dispuesto en la Disposición adicional séptima del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de
régimen jurídico de la administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura
en relación con el artículo 8 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, que establece la
estructura orgánica de laConsejería de Economía, Empleo y Transformación Digitalde la Comunidad Autónoma de Extremadura, se establece por Acuerdo del Consejo de Gobierno, una
Miércoles 23 de julio de 2025
42146
A nivel autonómico, el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece las bases para el
uso de medios electrónicos en la Administración pública de Extremadura, facilitando la relación entre la Administración y los ciudadanos, así como las relaciones con otras Administraciones Públicas. Dicho decreto, establece en su disposición adicional séptima que el Consejo
de Gobierno establecerá una Política de Seguridad de la Información, “donde se marcarán las
directrices de la Administración para garantizar el acceso, la integridad, la autenticidad, la
confidencialidad y la conservación de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el
ejercicio de sus competencias”. “La Política de Privacidad y Seguridad de la Información será
reglamentariamente desarrollada por la Consejería competente en materia de administración
electrónica, a través del órgano directivo competente conforme al apartado tercero de la Disposición Adicional Séptima del Decreto 225/2014”.
Dicha Política debe ser coherente con la Estrategia de Ciberseguridad de la Unión Europea,
con las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de
27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga
la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), que sienta las bases de
una normativa de privacidad, en el auge de la economía digital, para garantía de los derechos
de la ciudadanía, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, que adapta dicho Reglamento General de
Protección de Datos al ámbito nacional, reconociendo y recopilando, además, un catálogo de
derechos digitales.
El 26 de junio de 2018, se aprobó por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, la actual Política de Privacidad y Seguridad de la información de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que cumple con las obligaciones recogidas en la
normativa vigente hasta esa fecha. Resultó oportuno e idóneo establecer dicha Política, que
define las directrices de la Administración para garantizar la integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad de los datos personales que dispone, conserva y obtiene
en la prestación de los servicios de interés público para preservar e incrementar la confianza
de la ciudadanía, pero que se ha quedado obsoleta.
A estos efectos, a propuesta de la Comisión de Coordinación de Administración Electrónica,
previa iniciativa de la Dirección General de Digitalización de la Administración, conforme a
lo dispuesto en la Disposición adicional séptima del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de
régimen jurídico de la administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura
en relación con el artículo 8 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, que establece la
estructura orgánica de laConsejería de Economía, Empleo y Transformación Digitalde la Comunidad Autónoma de Extremadura, se establece por Acuerdo del Consejo de Gobierno, una