Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. Ayudas. (2025040096)
Decreto 58/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a cotos de caza que realicen actuaciones de mantenimiento, conservación y mejora de los recursos cinegéticos, y se aprueba la primera convocatoria.
70 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 141
Miércoles 23 de julio de 2025
42031
2. L
a unidad administrativa encargada de la instrucción de los expedientes realizará de oficio
cuantas actuaciones resulten procedentes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución,
pudiendo requerir de oficio a las personas o entidades solicitantes de la ayuda aclaraciones
sobre los datos consignados en la solicitud o en la documentación anexa, cuando sean precisas para la adecuada tramitación y resolución del procedimiento.
3. Una vez realizada la instrucción, la Comisión de Valoración emitirá un informe vinculante
en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada por la unidad de ordenación e
instrucción. En este informe se relacionarán las solicitudes seleccionas por orden de prelación, junto con la cuantía de la ayuda a conceder, y las solicitudes que pasarán a constituir
la lista de reserva de posibles beneficiarios con el orden de puntuación obtenido.
Artículo 14. Propuesta de resolución.
1. La unidad de ordenación e instrucción, a la vista del informe de la Comisión de Valoración,
formulará una propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificar a las personas o entidades interesadas, concediendo un plazo de diez días para que
puedan presentar alegaciones.
Podrá prescindirse de este trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por
las personas o entidades interesadas. En este caso, la propuesta de resolución formulada
tendrá el carácter de definitiva.
2. E
xaminadas las alegaciones que, en su caso, hayan sido presentadas, se formulará propuesta de resolución definitiva, que expresará la relación de solicitantes para los que se
propone la concesión de la subvención y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla. La propuesta de resolución definitiva no se
notificará a las personas o entidades interesadas.
3. E
l órgano de ordenación e instrucción elevará la propuesta de resolución definitiva al órgano competente para resolver.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se haya notificado la resolución de concesión.
4. E
n caso de renunciar a la ayuda alguna de las personas o entidades beneficiarias o producirse cualquier otra circunstancia que conlleve liberación de crédito, la unidad de ordenación e instrucción formulará propuesta de resolución provisional, atendiendo al orden
Miércoles 23 de julio de 2025
42031
2. L
a unidad administrativa encargada de la instrucción de los expedientes realizará de oficio
cuantas actuaciones resulten procedentes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución,
pudiendo requerir de oficio a las personas o entidades solicitantes de la ayuda aclaraciones
sobre los datos consignados en la solicitud o en la documentación anexa, cuando sean precisas para la adecuada tramitación y resolución del procedimiento.
3. Una vez realizada la instrucción, la Comisión de Valoración emitirá un informe vinculante
en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada por la unidad de ordenación e
instrucción. En este informe se relacionarán las solicitudes seleccionas por orden de prelación, junto con la cuantía de la ayuda a conceder, y las solicitudes que pasarán a constituir
la lista de reserva de posibles beneficiarios con el orden de puntuación obtenido.
Artículo 14. Propuesta de resolución.
1. La unidad de ordenación e instrucción, a la vista del informe de la Comisión de Valoración,
formulará una propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificar a las personas o entidades interesadas, concediendo un plazo de diez días para que
puedan presentar alegaciones.
Podrá prescindirse de este trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por
las personas o entidades interesadas. En este caso, la propuesta de resolución formulada
tendrá el carácter de definitiva.
2. E
xaminadas las alegaciones que, en su caso, hayan sido presentadas, se formulará propuesta de resolución definitiva, que expresará la relación de solicitantes para los que se
propone la concesión de la subvención y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla. La propuesta de resolución definitiva no se
notificará a las personas o entidades interesadas.
3. E
l órgano de ordenación e instrucción elevará la propuesta de resolución definitiva al órgano competente para resolver.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se haya notificado la resolución de concesión.
4. E
n caso de renunciar a la ayuda alguna de las personas o entidades beneficiarias o producirse cualquier otra circunstancia que conlleve liberación de crédito, la unidad de ordenación e instrucción formulará propuesta de resolución provisional, atendiendo al orden