Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. Ayudas. (2025040096)
Decreto 58/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a cotos de caza que realicen actuaciones de mantenimiento, conservación y mejora de los recursos cinegéticos, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 141
Miércoles 23 de julio de 2025

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4. Las actuaciones solicitadas deben ser acordes con el aprovechamiento cinegético que el
coto tenga aprobado en el plan técnico de caza, excepto que la actividad subvencionable
consista, precisamente, en la elaboración y modificación del plan técnico de caza. Los
solicitantes cuyos cotos tengan planificación de caza menor y mayor, deberán optar en la
solicitud entre las actuaciones en beneficio de la caza menor o las actuaciones en beneficio
de la caza mayor.
5. En el caso de que se proponga como actividad subvencionable una actuación que deba
ser autorizada por la Dirección General competente en materia de caza, se considerará
implícita en la propia solicitud de subvención la solicitud de autorización sustantiva de la
actividad de que se trate.
6. Una vez recibida la solicitud, si esta adoleciera de defectos o resultara incompleta se requerirá a la persona presentante para que, en un plazo máximo e improrrogable de diez
días, subsane la falta o presente la documentación correspondiente de conformidad con lo
establecido en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, la solicitud podrá modificarse en cualquier momento posterior a la presentación, siempre que se trate de errores obvios reconocidos por la Administración.
7. La presentación de la solicitud de ayudas implica la aceptación de las condiciones de la
convocatoria.
Artículo 12. Documentación.
1. Sin perjuicio de la adaptación que se pueda realizar en la convocatoria, la documentación
que debe aportarse junto con la solicitud es la que se detalla en los siguientes apartados.
2. D
 ocumentación a presentar junto con la solicitud:
a) Declaración responsable de no haber percibido otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales,
que estará incluida en el modelo de solicitud que se apruebe en la correspondiente resolución de convocatoria.
b) Declaración responsable de no incurrir en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario, a tenor de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo
12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que estará incluida en el modelo de solicitud que se apruebe en la correspondiente convocatoria.