Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. Ayudas. (2025040096)
Decreto 58/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a cotos de caza que realicen actuaciones de mantenimiento, conservación y mejora de los recursos cinegéticos, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 141
Miércoles 23 de julio de 2025

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40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y que estará integrada
por los siguientes miembros:
a) La persona que ostente la jefatura de Servicio competente en materia de caza, que
desempeñará las funciones correspondientes a la presidencia.
b) Un/a técnico/a adscrito/a a la Dirección General competente en materia de caza, que
ejercerá la vocalía.
c) Una persona adscrita a la asesoría jurídica de la Dirección General competente en materia de caza, que realizará las funciones de secretaría.
La persona que ejerza la presidencia podrá designar a las suplentes de cada uno de los
miembros.
2. La composición de la Comisión de Valoración y en su caso la designación de suplentes se
publicará en el punto único de acceso a la información de la Junta de Extremadura
(https://www.juntaex.es) y en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
3. La función de la Comisión de valoración es la de elaborar un informe vinculante en el que se
concrete el resultado de la evaluación efectuada por el órgano de ordenación e instrucción.
Artículo 10. Procedimiento de concesión y de convocatoria de la subvención.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en este decreto es el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica.
2. E
 l procedimiento se iniciará de oficio, mediante la aprobación de la correspondiente resolución de convocatoria de ayudas por parte de la persona titular de la Secretaría General de
la Consejería competente en materia de caza, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en este decreto. La convocatoria podrá incluir todas o algunas de las actuaciones que
se detallan en el artículo 3. Asimismo, podrán aprobarse varias convocatorias en un mismo
ejercicio presupuestario para subvencionar distintas actuaciones.
La convocatoria del procedimiento de concesión de las ayudas se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, (http://doe.juntaex.es ), junto con su extracto obtenido por conducto
de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ), de acuerdo con el
artículo 16.q) de la Ley 6/ 2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La convocatoria también será objeto de publicación en el Punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites (https://www.juntaex.es ), en el Portal de Subvenciones de