Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062809)
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 140
Martes 22 de julio de 2025
41829
zarse personalmente en las dependencias administrativas del centro educativo, o por cualquiera de los medios previstos en el apartado segundo de este resuelvo.
10. T
ranscurrido dicho plazo y valoradas las reclamaciones presentadas, se publicará, a través
de medios que garanticen el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (B.O.E núm. 294
de 6 de diciembre de 2018), según los anexos XIII y XIV, para admitidos y excluidos respectivamente.
11. U
na vez adjudicada una plaza en alguno de los módulos profesionales solicitados, deberá
formalizar la matrícula presencialmente en el centro educativo, o por cualquiera de los
medios recogidos en el apartado segundo de este resuelvo:
a. Si quiere permanecer en el plan de estudios del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio,
en el curso 2025/2026 en el que finalizará el periodo de transición establecido, hará uso
del modelo del anexo XVI.
b. S
i opta por incorporarse al que desarrolla el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, utilizará el modelo del anexo XVII, según corresponda.
c. Si se trata de alumnado que continúa en el plan del Real Decreto 659/2023, de 18 de
julio, presentará el modelo del anexo XVIII.
12. U
na vez el centro revise la documentación de su expediente, deberá no matricular o en su
caso desmatricular al solicitante en el módulo de Proyecto Intermodular si incumple con
lo establecido en el apartado cuarto de este resuelvo.
Vigésimo tercero. Listas de espera y admisión extraordinaria.
1. F
inalizado el período de matriculación del alumnado de nuevo ingreso, se generarán listas de espera de cada módulo profesional, respetando el orden de la lista de adjudicación
definitiva.
2. F
ormarán parte de estas listas los aspirantes que han participado en el procedimiento y
no han obtenido plaza en los módulos solicitados, independientemente del cupo por el que
desean acceder.
3. N
o obstante, a partir de la fecha que indica el calendario de actuaciones, podrán incorporarse al final de estas listas de espera las personas interesadas que no hayan presentado
la solicitud dentro de los plazos previstos.
Martes 22 de julio de 2025
41829
zarse personalmente en las dependencias administrativas del centro educativo, o por cualquiera de los medios previstos en el apartado segundo de este resuelvo.
10. T
ranscurrido dicho plazo y valoradas las reclamaciones presentadas, se publicará, a través
de medios que garanticen el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (B.O.E núm. 294
de 6 de diciembre de 2018), según los anexos XIII y XIV, para admitidos y excluidos respectivamente.
11. U
na vez adjudicada una plaza en alguno de los módulos profesionales solicitados, deberá
formalizar la matrícula presencialmente en el centro educativo, o por cualquiera de los
medios recogidos en el apartado segundo de este resuelvo:
a. Si quiere permanecer en el plan de estudios del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio,
en el curso 2025/2026 en el que finalizará el periodo de transición establecido, hará uso
del modelo del anexo XVI.
b. S
i opta por incorporarse al que desarrolla el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, utilizará el modelo del anexo XVII, según corresponda.
c. Si se trata de alumnado que continúa en el plan del Real Decreto 659/2023, de 18 de
julio, presentará el modelo del anexo XVIII.
12. U
na vez el centro revise la documentación de su expediente, deberá no matricular o en su
caso desmatricular al solicitante en el módulo de Proyecto Intermodular si incumple con
lo establecido en el apartado cuarto de este resuelvo.
Vigésimo tercero. Listas de espera y admisión extraordinaria.
1. F
inalizado el período de matriculación del alumnado de nuevo ingreso, se generarán listas de espera de cada módulo profesional, respetando el orden de la lista de adjudicación
definitiva.
2. F
ormarán parte de estas listas los aspirantes que han participado en el procedimiento y
no han obtenido plaza en los módulos solicitados, independientemente del cupo por el que
desean acceder.
3. N
o obstante, a partir de la fecha que indica el calendario de actuaciones, podrán incorporarse al final de estas listas de espera las personas interesadas que no hayan presentado
la solicitud dentro de los plazos previstos.