Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062809)
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 140
Martes 22 de julio de 2025
41828
a. Si le queda algún módulo profesional por superar, de acuerdo con los decretos de currículo anteriores, además de en estos módulos, deberá matricularse y superar los siguientes:
i. Digitalización aplicada a los sectores productivos.
ii. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.
iii. Proyecto Intermodular.
iv. Optativa.
v. Itinerario personal para la empleabilidad I, si tiene pendiente de superar Formación
y Orientación Laboral.
vi. Itinerario personal para la empleabilidad II, si tiene pendiente de superar Empresa
e Iniciativa Emprendedora.
vii. Inglés Profesional, si tiene pendiente de superar el módulo de Inglés.
7. E
n los centros donde el número solicitudes sea superior al de plazas ofertadas, se aplicarán
los siguientes criterios de prioridad:
a. Alumnado con menos módulos pendientes para finalizar el ciclo formativo.
b. S
i el número de módulos profesionales pendientes es el mismo, se atenderá al orden de
entrada de las solicitudes en la secretaría virtual de la Plataforma Educativa Rayuela.
c. No obstante lo anterior, si se produjeran empates, se resolverán de acuerdo a lo establecido en el resuelvo trigésimo noveno.
8. P
resentada la solicitud, la situación provisional de cada solicitante se publicará, según el
modelo de los anexos XIII y XIV, para admitidos y excluidos respectivamente, a través de
medios que garanticen el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294, de 6
de diciembre de 2018).
9. P
ublicada la información provisional, los interesados podrán, en el periodo establecido al
efecto, presentar la reclamación que estimen conveniente aportando la documentación
acreditativa correspondiente, conforme al modelo del anexo XV. Este proceso podrá reali-
Martes 22 de julio de 2025
41828
a. Si le queda algún módulo profesional por superar, de acuerdo con los decretos de currículo anteriores, además de en estos módulos, deberá matricularse y superar los siguientes:
i. Digitalización aplicada a los sectores productivos.
ii. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.
iii. Proyecto Intermodular.
iv. Optativa.
v. Itinerario personal para la empleabilidad I, si tiene pendiente de superar Formación
y Orientación Laboral.
vi. Itinerario personal para la empleabilidad II, si tiene pendiente de superar Empresa
e Iniciativa Emprendedora.
vii. Inglés Profesional, si tiene pendiente de superar el módulo de Inglés.
7. E
n los centros donde el número solicitudes sea superior al de plazas ofertadas, se aplicarán
los siguientes criterios de prioridad:
a. Alumnado con menos módulos pendientes para finalizar el ciclo formativo.
b. S
i el número de módulos profesionales pendientes es el mismo, se atenderá al orden de
entrada de las solicitudes en la secretaría virtual de la Plataforma Educativa Rayuela.
c. No obstante lo anterior, si se produjeran empates, se resolverán de acuerdo a lo establecido en el resuelvo trigésimo noveno.
8. P
resentada la solicitud, la situación provisional de cada solicitante se publicará, según el
modelo de los anexos XIII y XIV, para admitidos y excluidos respectivamente, a través de
medios que garanticen el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294, de 6
de diciembre de 2018).
9. P
ublicada la información provisional, los interesados podrán, en el periodo establecido al
efecto, presentar la reclamación que estimen conveniente aportando la documentación
acreditativa correspondiente, conforme al modelo del anexo XV. Este proceso podrá reali-