Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062805)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación en Ciclos Formativos de Grado Básico, en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 140
Martes 22 de julio de 2025

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documentación aportada, el centro contactará con el solicitante o tutor legal por cualquier
medio válido que deje constancia de la comunicación, informándole de la obligatoriedad del
cotejo y de los lugares en los que puede realizarlo.
5. La aportación de datos o documentos falsos puede dar lugar a la pérdida de los derechos
de prioridad que puedan corresponderle, o incluso, la plaza obtenida, independientemente
del momento en el que se detecten.
Duodécimo. Criterios de prioridad y reserva de vacantes.
1. Se reservará un cinco por ciento al alumnado deportista de alto nivel y alto rendimiento en
cumplimiento del apartado 9.3.a) del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento (BOE núm. 177, de 25 de julio de 2007).
2. En los centros donde el número de solicitudes presentadas sea superior al número de vacantes escolares disponibles, la prioridad de admisión será la siguiente:
a. Alumnado que no haya cursado con anterioridad un Programa Formativo Específico de
Formación Profesional Básica.
b. Alumnado de menor edad.
c. Alumnado que esté escolarizado en el centro educativo en el que solicita el Ciclo Formativo de Grado Básico en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o
formativas especiales.
3. En caso de empate, éste se resolverá aplicando la Resolución de 11 de abril de 2025, de
la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad al resultado del sorteo
público que ha de determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las
pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2025 (DOE núm. 77, de 23 de abril
de 2025). De este modo, los solicitantes empatados se ordenarán alfabéticamente a partir
de la letra extraída para el primer apellido, que para el presente año ha sido la letra “J”.
Décimo tercero. Reconocimiento, convalidación y exención de módulos profesionales.
1. Serán objeto de reconocimiento los módulos profesionales con idéntico código y denominación superados con anterioridad en otro Ciclo Formativo de Grado Básico en modalidad
dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales, en programa formativo específico de Formación Profesional Básica en modalidad taller específico, Ciclo
Formativo de Formación Profesional Básica o Ciclo Formativo de Grado Básico.