Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Parque Nacional De Monfragüe. (2025040135)
Decreto 79/2025, de 15 de julio, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Monfragüe.
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NÚMERO 139
41361
Lunes 21 de julio de 2025
3. Ejercerá las funciones establecidas en la legislación vigente, en concreto en la Ley 1/2007,
de 2 de marzo, el Decreto 106/2007, de 22 de mayo, y la Resolución de 9 de enero de
2008, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se ordena la publicación del
Reglamento de Régimen Interior del Patronato del Parque Nacional de Monfragüe.
TÍTULO II
Objetivos y criterios de gestión
CAPÍTULO I
Objetivos del PRUG
Artículo 10. Objetivos generales.
La declaración del Parque Nacional de Monfragüe tiene por finalidad:
1. Proteger la integridad y funcionalidad de sus ecosistemas, que constituyen una muestra
representativa del sistema natural del bosque mediterráneo.
2. Asegurar la conservación y, en su caso, la recuperación de los hábitats y las especies presentes en su interior, así como la preservación de la diversidad genética.
3. Aportar al patrimonio natural español una muestra representativa de los ecosistemas mediterráneos, incorporando el Parque Nacional de Monfragüe, a través de la Red de Parques Nacionales, a los programas nacionales e internacionales de conservación de la biodiversidad.
4. Contribuir al conocimiento y difusión de los valores del Parque, manteniendo un sistema
de uso público compatible con su conservación y potenciando la actividad investigadora.
5. Contribuir a promover un desarrollo sostenible de las poblaciones situadas en el Área de
Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
6. Contribuir a la conservación de los valores arqueológicos, patrimoniales, culturales y los
modos de vida tradicionales compatibles con su conservación.
7. Ordenar su uso y disfrute público sostenible para toda la sociedad bajo el principio de accesibilidad universal.
Artículo 11. Objetivos con relación a la conservación de los valores naturales y
culturales.
1. Mantener, y en su caso recuperar, la biodiversidad y funcionalidad propia de los sistemas
naturales del Parque.
41361
Lunes 21 de julio de 2025
3. Ejercerá las funciones establecidas en la legislación vigente, en concreto en la Ley 1/2007,
de 2 de marzo, el Decreto 106/2007, de 22 de mayo, y la Resolución de 9 de enero de
2008, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se ordena la publicación del
Reglamento de Régimen Interior del Patronato del Parque Nacional de Monfragüe.
TÍTULO II
Objetivos y criterios de gestión
CAPÍTULO I
Objetivos del PRUG
Artículo 10. Objetivos generales.
La declaración del Parque Nacional de Monfragüe tiene por finalidad:
1. Proteger la integridad y funcionalidad de sus ecosistemas, que constituyen una muestra
representativa del sistema natural del bosque mediterráneo.
2. Asegurar la conservación y, en su caso, la recuperación de los hábitats y las especies presentes en su interior, así como la preservación de la diversidad genética.
3. Aportar al patrimonio natural español una muestra representativa de los ecosistemas mediterráneos, incorporando el Parque Nacional de Monfragüe, a través de la Red de Parques Nacionales, a los programas nacionales e internacionales de conservación de la biodiversidad.
4. Contribuir al conocimiento y difusión de los valores del Parque, manteniendo un sistema
de uso público compatible con su conservación y potenciando la actividad investigadora.
5. Contribuir a promover un desarrollo sostenible de las poblaciones situadas en el Área de
Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
6. Contribuir a la conservación de los valores arqueológicos, patrimoniales, culturales y los
modos de vida tradicionales compatibles con su conservación.
7. Ordenar su uso y disfrute público sostenible para toda la sociedad bajo el principio de accesibilidad universal.
Artículo 11. Objetivos con relación a la conservación de los valores naturales y
culturales.
1. Mantener, y en su caso recuperar, la biodiversidad y funcionalidad propia de los sistemas
naturales del Parque.