Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062697)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura y las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres para el desarrollo de másteres en "Gestión Pública en las Administraciones Públicas Locales del Siglo XXI" y en "Formación Permanente en Gestión y Administración Local".
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NÚMERO 135
Martes 15 de julio de 2025
40295
chamiento optimo el máster y quieran formar parte de la lista de espera para la provisión temporal mediante nombramientos interinos de puestos reservados a personal
funcionario de la escala de Administración Local con Habilitación de carácter nacional
en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El objeto del examen
será la comprobación de que los conocimientos adquiridos durante la celebración de los
másteres son adecuados para desarrollar las funciones inherentes al puesto a desempeñar, sin perjuicio de la formación específica que deba impartirse, y deberá obtenerse
la calificación de apto.
Para la realización del ejercicio, se formará una comisión/tribunal de selección que realizará una prueba que versará sobre la materia inserta en los temarios establecidos en
la última convocatoria publicada para la selección y nombramiento de personal funcionario interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de
Administración Local con habilitación nacional en las entidades locales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
La comisión o tribunal de selección estará conformado por personal de la Junta de
Extremadura, y de la Diputaciones provinciales y Universidad de Extremadura y será
nombrado por la Dirección General de Administración Local, a propuesta de la comisión
de seguimiento del presente convenio.
f) Gestionar las preinscripciones, selección del alumnado, matriculación, nombramiento
del profesorado necesario y su remuneración, gestión económica y administrativa, aportación de aulas, materiales didácticos, docencia virtual, así como el resto de los extremos que resulten pertinentes para la realización efectiva de la actividad formativa. Asimismo, correrán de su cuenta de los gastos derivados de los distintos suministros, de la
limpieza, de la utilización de las aulas, de la plataforma virtual, la gestión administrativa
o de los bedeles, entre otros.
g) Adaptar en la medida de lo posible el contenido de los másteres se adaptarán a las
necesidades y/o las problemáticas reales de los ayuntamientos; para ello, se deberá
contar como profesorado con personal especializado en la materia.
h) A
doptar las medidas de difusión y publicidad de los Másteres en todos los medios y redes disponibles que aseguren el mayor conocimiento posible de la oferta formativa.
2. D
e la Junta de Extremadura:
El alumnado que cumpla los requisitos establecidos en el convenio y que haya obtenido
el aprovechamiento óptimo en cualquiera de las ediciones de los másteres impartidos en
“Gestión Pública de las Administraciones Públicas Locales del Siglo XXI” o en “Formación
Martes 15 de julio de 2025
40295
chamiento optimo el máster y quieran formar parte de la lista de espera para la provisión temporal mediante nombramientos interinos de puestos reservados a personal
funcionario de la escala de Administración Local con Habilitación de carácter nacional
en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El objeto del examen
será la comprobación de que los conocimientos adquiridos durante la celebración de los
másteres son adecuados para desarrollar las funciones inherentes al puesto a desempeñar, sin perjuicio de la formación específica que deba impartirse, y deberá obtenerse
la calificación de apto.
Para la realización del ejercicio, se formará una comisión/tribunal de selección que realizará una prueba que versará sobre la materia inserta en los temarios establecidos en
la última convocatoria publicada para la selección y nombramiento de personal funcionario interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de
Administración Local con habilitación nacional en las entidades locales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
La comisión o tribunal de selección estará conformado por personal de la Junta de
Extremadura, y de la Diputaciones provinciales y Universidad de Extremadura y será
nombrado por la Dirección General de Administración Local, a propuesta de la comisión
de seguimiento del presente convenio.
f) Gestionar las preinscripciones, selección del alumnado, matriculación, nombramiento
del profesorado necesario y su remuneración, gestión económica y administrativa, aportación de aulas, materiales didácticos, docencia virtual, así como el resto de los extremos que resulten pertinentes para la realización efectiva de la actividad formativa. Asimismo, correrán de su cuenta de los gastos derivados de los distintos suministros, de la
limpieza, de la utilización de las aulas, de la plataforma virtual, la gestión administrativa
o de los bedeles, entre otros.
g) Adaptar en la medida de lo posible el contenido de los másteres se adaptarán a las
necesidades y/o las problemáticas reales de los ayuntamientos; para ello, se deberá
contar como profesorado con personal especializado en la materia.
h) A
doptar las medidas de difusión y publicidad de los Másteres en todos los medios y redes disponibles que aseguren el mayor conocimiento posible de la oferta formativa.
2. D
e la Junta de Extremadura:
El alumnado que cumpla los requisitos establecidos en el convenio y que haya obtenido
el aprovechamiento óptimo en cualquiera de las ediciones de los másteres impartidos en
“Gestión Pública de las Administraciones Públicas Locales del Siglo XXI” o en “Formación