Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062697)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura y las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres para el desarrollo de másteres en "Gestión Pública en las Administraciones Públicas Locales del Siglo XXI" y en "Formación Permanente en Gestión y Administración Local".
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NÚMERO 135
Martes 15 de julio de 2025

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2. S
 e establecerá, al menos, una reserva del 50 % de las plazas para el alumnado universitario que hayan finalizado sus estudios universitarios y del 50% de las plazas para personal
empleado público de la Administración con licenciatura o grado. Si la reserva de plazas para
el alumnado universitario no fueran cubiertas, podrá destinarse ese número a empleados/
as públicos/as con las características referidas y viceversa.
3. E
 n relación con los criterios de selección para los egresados previstos en el apartado anterior, en caso de existir más candidaturas que plazas se valorará el expediente académico.
En el supuesto de existir coincidencia en las calificaciones, el desempate se resolverá en
función de la fecha y hora de registro de entrada de las correspondientes solicitudes.
4. E
 n relación con los criterios de acceso al personal empleado público, el orden de prioridad
se establecerá en función de la fecha de presentación de las solicitudes.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
1. D
 e la Universidad de Extremadura:
a) Realizar las actividades formativas detalladas a continuación:


— La Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Extremadura será el órgano responsable del desarrollo de los Másteres Universitarios en
“Gestión Pública de las Administraciones Públicas Locales del Siglo XXI”, y asumirá
por ello, las funciones establecidas en la normativa de la citada Universidad de estudios oficiales de Posgrado.



— La Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura será el órgano responsable
del desarrollo de los Másteres Universitarios “Formación permanente en gestión y
administración local”, y asumirá por ello, las funciones establecidas en la normativa
de la referida Universidad de estudios oficiales de Posgrado.

b) Justificar ante las distintas entidades firmantes el cumplimiento de los requisitos y condiciones que se establecen en este Convenio, así como la realización de la actividad.
c) Informar en todo momento a las entidades firmantes del presente Convenio sobre el
desarrollo de las actividades objeto del mismo, facilitando durante su vigencia el seguimiento de las actuaciones realizadas.
d) Expedir el Título Oficial que corresponda a aquellos estudiantes que hayan cursado cualquiera de los Másteres objeto de este convenio.
e) E
 laborar, en colaboración con las Diputaciones provinciales y la Dirección General de
Administración Local, un examen a todo el alumnado que haya superado con aprove-