Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062697)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura y las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres para el desarrollo de másteres en "Gestión Pública en las Administraciones Públicas Locales del Siglo XXI" y en "Formación Permanente en Gestión y Administración Local".
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NÚMERO 135
Martes 15 de julio de 2025
40298
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos
que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del
mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa
podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes.
3. C
ualquiera de las partes firmantes podrá proceder a su denuncia expresa con un plazo mínimo de seis meses a la fecha en que se pretenda su expiración.
4. S
i cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existieran actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable de un mes para su finalización.
Décima. Colaboración.
La Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura y las Diputaciones de Badajoz y
Cáceres actuarán y se relacionarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena
fe y de confianza legítima.
Decimoprimera. Publicidad.
La Universidad de Extremadura deberá incluir los logos de la Junta de Extremadura y de las
Diputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz, a efectos publicitarios, con la indicación de
que estas actuaciones se encuentran financiadas por las Diputaciones Provinciales de Cáceres
y Badajoz, en todos los documentos y publicidad relacionados con los másteres, como pueden
ser en las matrículas, trípticos, carteles, web y el material formativo a entregar, así como la
publicidad en sedes académicas y redes sociales.
Martes 15 de julio de 2025
40298
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos
que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del
mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa
podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes.
3. C
ualquiera de las partes firmantes podrá proceder a su denuncia expresa con un plazo mínimo de seis meses a la fecha en que se pretenda su expiración.
4. S
i cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existieran actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable de un mes para su finalización.
Décima. Colaboración.
La Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura y las Diputaciones de Badajoz y
Cáceres actuarán y se relacionarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena
fe y de confianza legítima.
Decimoprimera. Publicidad.
La Universidad de Extremadura deberá incluir los logos de la Junta de Extremadura y de las
Diputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz, a efectos publicitarios, con la indicación de
que estas actuaciones se encuentran financiadas por las Diputaciones Provinciales de Cáceres
y Badajoz, en todos los documentos y publicidad relacionados con los másteres, como pueden
ser en las matrículas, trípticos, carteles, web y el material formativo a entregar, así como la
publicidad en sedes académicas y redes sociales.