Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062697)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura y las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres para el desarrollo de másteres en "Gestión Pública en las Administraciones Públicas Locales del Siglo XXI" y en "Formación Permanente en Gestión y Administración Local".
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NÚMERO 135
Martes 15 de julio de 2025

40297

la interpretación y coordinación de las obligaciones y derechos derivados de la suscripción de
este.
Esta Comisión estará compuesta por dos representantes de cada una de las Instituciones firmantes, cuyo nombramiento se realizará por los respectivos órganos competentes.
La Comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir
en la ejecución del presente convenio, sin perjuicio de las facultades del orden jurisdiccional
Contencioso-administrativo.
En lo no previsto en el presente Convenio, esta Comisión se regirá, en cuanto a su organización y funcionamiento, por lo establecido para los órganos colegiados en la legislación de
régimen jurídico del Sector Público.
Séptima. Modificación del Convenio.
1. T
 oda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la firma del presente Convenio
podrá dar lugar, de común acuerdo, a la modificación de las cláusulas del mismo.
2. P
 or unanimidad de las partes firmantes, se podrán modificar los términos del presente
convenio en cualquier momento, mediante la tramitación y posterior firma de una adenda
al mismo.
Octava. Vigencia.
El presente Convenio se perfeccionará con su formalización y extenderá su vigencia por un
plazo de cuatro años, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, pudiendo las partes, en cualquier
momento antes de su finalización, acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Novena. Extinción del Convenio.
1. D
 e conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio se extingue por el cumplimiento de las
actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. S
 on causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del
mismo.