Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Reserva Natural De Garganta De Los Infiernos. (2025040123)
Decreto 72/2025, de 8 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural de la "Garganta de los Infiernos".
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NÚMERO 134
Lunes 14 de julio de 2025

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— En general, las limitaciones a las que hace referencia el punto 8 (“Criterios orientadores
de las políticas sectoriales que inciden en el ámbito del PORN”).
6. A
 CTIVIDADES SUJETAS A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.
Con carácter general y en todo el ámbito de la Reserva Natural, a fin de garantizar un
tratamiento uniforme en todo el territorio, las actividades sometidas al procedimiento de
Evaluación de Impacto Ambiental, serán todas aquellas que se contemplan en la legislación
básica del Estado y las promulgadas por la comunidad autónoma.
Además de los planes, proyectos, obras, instalaciones o actividades detalladas en la normativa de aplicación referida a la evaluación de impacto ambiental, el presente Plan de
Ordenación de los Recursos Naturales amplía el régimen de aplicación a los siguientes
supuestos concretos:
a. Adecuación de áreas recreativas.
b. C
 onstrucciones ligadas a la actividad agroganadera, cinegética o recreativa.
c. Cambios de uso del suelo que impliquen la alteración de los hábitats naturales.
d. A
 ntenas de telefonía móvil o cualquier otra cualquier otra estructura que pueda implicar
una distorsión negativa de los perfiles, horizontes y formas naturales de la zona.
e. Depósitos de agua de nueva construcción, superficiales o elevados, cualquiera que sea
su capacidad.
f. C
 onstrucción de nuevos caminos.
g. C
 ambios de trazado, ocupaciones y usos temporales permitidos de las vías pecuarias en
la Reserva Natural.
h. Apertura y repaso de cortafuegos y vías de saca para la extracción de madera.
i. La construcción de charcas, con independencia de su capacidad de embalsado.
j. Desbroce de matorral, cualquiera que sea la pendiente del terreno o la superficie.
7. B
 ASES PARA EL DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DEL ÁREA.
La protección y conservación de la naturaleza de este área se configura como un objetivo
ineludible de las administraciones competentes, de los diferentes agentes sociales que participan de ella y de sus pobladores en general, por las características naturales de excep-