Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2025061622)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025
23017
2. E
l procedimiento se inicia de oficio mediante la presente resolución de convocatoria pública
aprobada por la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, que se ajusta a las bases reguladoras establecidas en el Real Decreto
1625/2011, de 14 de noviembre, y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es), junto con su extracto, obtenidos por conducto de la Base de Datos
Nacional de Subvención,
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), de acuerdo con el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. Asimismo, la presente convocatoria será objeto de publicación en el Portal de Subvenciones
de la Junta de Extremadura,
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index),de conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de
la Junta de Extremadura, (http://gobiernoabierto.juntaex.es/), según prevé el artículo 11
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes, documentación e informaciones que deben acompañarse a las mismas, identificación de los trámites que podrán
ser cumplimentados por los interesados por medios electrónicos y sistemas de comunicación utilizables.
1. Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 10 días hábiles computados a partir
del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
La solicitud, contenida en el anexo I de esta Resolución, se cumplimentará y tramitará
de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es)
dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede
electrónica asociada para presentar la solicitud, o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las interesadas deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica de las
solicitudes, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos,
obtenerlos a partir de los siguientes enlaces:
— https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
— http://www.cert.fnmt.es/
Lunes 28 de abril de 2025
23017
2. E
l procedimiento se inicia de oficio mediante la presente resolución de convocatoria pública
aprobada por la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, que se ajusta a las bases reguladoras establecidas en el Real Decreto
1625/2011, de 14 de noviembre, y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es), junto con su extracto, obtenidos por conducto de la Base de Datos
Nacional de Subvención,
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), de acuerdo con el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. Asimismo, la presente convocatoria será objeto de publicación en el Portal de Subvenciones
de la Junta de Extremadura,
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index),de conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de
la Junta de Extremadura, (http://gobiernoabierto.juntaex.es/), según prevé el artículo 11
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes, documentación e informaciones que deben acompañarse a las mismas, identificación de los trámites que podrán
ser cumplimentados por los interesados por medios electrónicos y sistemas de comunicación utilizables.
1. Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 10 días hábiles computados a partir
del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
La solicitud, contenida en el anexo I de esta Resolución, se cumplimentará y tramitará
de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es)
dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede
electrónica asociada para presentar la solicitud, o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las interesadas deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica de las
solicitudes, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos,
obtenerlos a partir de los siguientes enlaces:
— https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
— http://www.cert.fnmt.es/