Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Apicultura. Ayudas. (2025040049)
Decreto 24/2025, de 15 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de la Intervención Sectorial Apícola, dentro del marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027, en Extremadura y se aprueba la convocatoria para 2025.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

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el coste total por persona, incluida la cuota de la Seguridad Social, no podrá superar
los 32.181,00 € para contratos de personal con titulación superior y 27.540,00 € para
contratos con categoría inferior, con un máximo de dos personas por cooperativas de
primer grado y una por cooperativas de segundo grado.
En aquellos casos en los que las cooperativas de primer grado acrediten que el año anterior al de la presentación de la ayuda superen las 50.000 colmenas subvencionables o
una producción de 500 toneladas de miel o su equivalencia en polen, podrán contratar
un máximo de tres técnicos.
Para valorar esta producción de miel y polen se tendrá en cuenta que 3 kg de miel equivalen a 1 kg de polen producidos y comercializados.
b) Contratación directa a jornada completa de personal técnico y especialistas desde el
1 de agosto del año anterior al de la presentación de la solicitud al 31 de julio del año
de presentación por las organizaciones o asociaciones de apicultores que reúnan los
requisitos establecidos en el apartado 3 del artículo 4 de este decreto, con personalidad
jurídica, para prestar información y asistencia a apicultores y apicultoras y a miembros
de agrupaciones de apícolas en aspectos de sanidad apícola, lucha contra agresiones
de la colmena, análisis de laboratorio (para el análisis de productos apícolas, la pérdida
de abejas o las caídas de la productividad, y de sustancias potencialmente tóxicas para
las abejas como pesticidas), cría y selección, incluyendo la cría de reinas, optimización
ambiental de explotaciones y asesoramiento global en producción y gestión apícola,
sobre prácticas de manejo en materia de adaptación al cambio climático y en materia
de comercialización de los productos apícolas. La contratación de estos servicios podrá
hacerse también a través de asistencias técnicas con terceros, que se regirá por los
principios y requisitos que en materia de moderación de costes establece el Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, y por el principio de independencia y transparencia en
la contratación. En ningún caso se incluirá apoyo directo a las acciones mencionadas,
que es objeto de otras líneas de la intervención.
Dicho personal técnico colaborará en mantener una vigilancia permanente de las enfermedades, que permita conocer la prevalencia y variación, con el fin de adoptar las
medidas sanitarias adecuadas en lo referente a tratamiento y profilaxis.
Podrá subvencionarse el 90 % del coste devengado por la contratación de personal técnico y especialistas a aquellas agrupaciones de apicultores y apicultoras, las que en el
año anterior al de la presentación de la solicitud la suma de las colmenas subvencionables de los productores y productoras por los que hayan presentado solicitud de ayuda
sea al menos de 40.000 colmenas por técnico y/o técnica. No obstante, el coste total