Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025061655)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el equipamiento de consultorios locales de titularidad o disponibilidad municipal de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2025.
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NÚMERO 79
Viernes 25 de abril de 2025

22525

Cuarto. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es)
de esta resolución y del extracto al que se refiere el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La solicitud, que se formalizará de acuerdo con el modelo normalizado establecido en el
anexo I de la presente resolución, deberá acompañarse de la documentación que se relaciona a continuación:
2.1. Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando no haya autorizado de forma expresa, en el anexo de solicitud, al órgano
gestor para que recabe de oficio esos datos.
2.2. Declaración responsable de la persona que ostente la representación legal de la entidad local donde se haga constar que el Ayuntamiento ostenta la titularidad o la disponibilidad del centro sanitario para el que se solicita la subvención.
2.3. Memoria firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante, en la que se detalle la necesidad de la subvención, acompañada de la relación de
unidades de bienes que se solicitan respecto del listado del anexo II de esta resolución y
del correspondiente presupuesto.
2.4. Certificado de la Secretaría/Intervención en el que se acredite la necesidad del mobiliario objeto de la subvención solicitada.
2.5. En el caso de mobiliario que se hubiera adjudicado con anterioridad a la publicación
de la convocatoria, se deberá aportar, además, certificado de la persona titular de la
Secretaría-Intervención de la corporación local en el que se acredite que en la tramitación
del expediente se han cumplido todas las prescripciones establecidas en las disposiciones
legales vigentes en materia de contratación y régimen local, con indicación de la empresa adjudicataria, importe de la adjudicación, tipo de tramitación y procedimiento de
adjudicación.
Si los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de esta Administración, la entidad solicitante podrá acogerse a lo establecido en el punto 3 del artículo 28 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y al artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, siempre que se hagan constar la fecha y órgano