Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estatutos. (2025040020)
Decreto 6/2025, de 11 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 32
Lunes 17 de febrero de 2025
8338
Artículo 25. Transparencia y calidad en las actuaciones del CICYTEX.
El CICYTEX, como agente del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), y en el marco de lo dispuesto para el mismo, se rige por el principio de evaluación de los
procesos y de los resultados de sus actividades investigadoras, conducentes tanto a la generación como al aprovechamiento del conocimiento.
Artículo 26. Convenios.
En el ámbito de sus competencias, el CICYTEX puede firmar convenios bajo cualquier modalidad admitida en Derecho, con otras administraciones públicas y entidades públicas o privadas, con finalidades vinculadas a los objetivos generales del mismo, y de conformidad con
las condiciones y límites establecidos en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura y en la correspondiente Ley anual de presupuestos generales de Extremadura.
CAPÍTULO IV
Personal del CICYTEX
Artículo 27. Personal del CICYTEX.
1. E
l personal al servicio del CICYTEX está constituido por:
a) El personal que esté ocupando puestos de trabajo en centros, institutos, unidades o
servicios de la Junta de Extremadura que se integren en el CICYTEX, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 19.2.
b) El personal que se incorpore desde cualquier Administración Pública por los correspondientes procedimientos de provisión de puestos de trabajo.
c) El personal seleccionado por el propio CICYTEX, mediante procesos selectivos convocadas al efecto.
2. E
l personal a que se refieren las letras a) y b) del apartado anterior mantiene la condición
de personal funcionario o laboral de origen, de acuerdo con la legislación aplicable. El personal a que se refiere la letra c) del apartado anterior podrá ser funcionario o laboral.
Artículo 28. Régimen jurídico de aplicación al personal del CICYTEX.
1. E
l personal funcionario del CICYTEX se regirá por la normativa aplicable en materia de
función pública y la que, en su desarrollo, se establezca en el Estatuto de su personal, así
Lunes 17 de febrero de 2025
8338
Artículo 25. Transparencia y calidad en las actuaciones del CICYTEX.
El CICYTEX, como agente del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), y en el marco de lo dispuesto para el mismo, se rige por el principio de evaluación de los
procesos y de los resultados de sus actividades investigadoras, conducentes tanto a la generación como al aprovechamiento del conocimiento.
Artículo 26. Convenios.
En el ámbito de sus competencias, el CICYTEX puede firmar convenios bajo cualquier modalidad admitida en Derecho, con otras administraciones públicas y entidades públicas o privadas, con finalidades vinculadas a los objetivos generales del mismo, y de conformidad con
las condiciones y límites establecidos en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura y en la correspondiente Ley anual de presupuestos generales de Extremadura.
CAPÍTULO IV
Personal del CICYTEX
Artículo 27. Personal del CICYTEX.
1. E
l personal al servicio del CICYTEX está constituido por:
a) El personal que esté ocupando puestos de trabajo en centros, institutos, unidades o
servicios de la Junta de Extremadura que se integren en el CICYTEX, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 19.2.
b) El personal que se incorpore desde cualquier Administración Pública por los correspondientes procedimientos de provisión de puestos de trabajo.
c) El personal seleccionado por el propio CICYTEX, mediante procesos selectivos convocadas al efecto.
2. E
l personal a que se refieren las letras a) y b) del apartado anterior mantiene la condición
de personal funcionario o laboral de origen, de acuerdo con la legislación aplicable. El personal a que se refiere la letra c) del apartado anterior podrá ser funcionario o laboral.
Artículo 28. Régimen jurídico de aplicación al personal del CICYTEX.
1. E
l personal funcionario del CICYTEX se regirá por la normativa aplicable en materia de
función pública y la que, en su desarrollo, se establezca en el Estatuto de su personal, así