Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060271)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, OA, MP, y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud para la formación de especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública.
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NÚMERO 23
Martes 4 de febrero de 2025
6791
Cuarta. Obligaciones económicas.
La realización del presente convenio no supone ningún gasto adicional para las instituciones
firmantes ni requiere contraprestación económica entre las mismas, por lo que no supone
obligaciones económicas extraordinarias a las ya asumidas por cada Institución en su actividad ordinaria.
Dichos costes ordinarios incluidos en este convenio, con carácter informativo, son:
• Para el ISCIII supondrá un coste de 4000 euros (importe de la matrícula) por cada plaza
disponible, siendo dicho gasto de naturaleza ordinaria.
• El gasto ordinario correspondiente a las retribuciones de residente de primer año, por
cada uno de los residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública de primer año ofertados por la Comunidad de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios
Sociales, y el SES será de 18.018,28 euros. Dicho gasto será asumido por el SES.
Quinta. Comisión mixta de seguimiento.
1. A
partir de que el presente convenio devenga eficaz, se constituirá una Comisión Mixta de
Seguimiento del mismo, integrada por representantes designados por las partes firmantes:
Por parte del Instituto de Salud Carlos III:
• La persona titular de la Dirección del ISCIII.
• La persona titular de la Dirección de la Escuela Nacional de Sanidad.
• La persona titular de la Dirección del Curso Superior de Salud Pública.
• La persona titular de la Jefatura de Estudios de la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del Instituto de Salud Carlos III. Escuela Nacional de Sanidad.
Por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
• Por la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura:
— La persona titular de la Dirección General con competencias en materia de formación .
— La persona titular del Servicio de la Consejería de Salud y Servicios Sociales con
competencias en materia de formación sanitaria especializada.
• Por el Servicio Extremeño de Salud (SES):
Martes 4 de febrero de 2025
6791
Cuarta. Obligaciones económicas.
La realización del presente convenio no supone ningún gasto adicional para las instituciones
firmantes ni requiere contraprestación económica entre las mismas, por lo que no supone
obligaciones económicas extraordinarias a las ya asumidas por cada Institución en su actividad ordinaria.
Dichos costes ordinarios incluidos en este convenio, con carácter informativo, son:
• Para el ISCIII supondrá un coste de 4000 euros (importe de la matrícula) por cada plaza
disponible, siendo dicho gasto de naturaleza ordinaria.
• El gasto ordinario correspondiente a las retribuciones de residente de primer año, por
cada uno de los residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública de primer año ofertados por la Comunidad de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios
Sociales, y el SES será de 18.018,28 euros. Dicho gasto será asumido por el SES.
Quinta. Comisión mixta de seguimiento.
1. A
partir de que el presente convenio devenga eficaz, se constituirá una Comisión Mixta de
Seguimiento del mismo, integrada por representantes designados por las partes firmantes:
Por parte del Instituto de Salud Carlos III:
• La persona titular de la Dirección del ISCIII.
• La persona titular de la Dirección de la Escuela Nacional de Sanidad.
• La persona titular de la Dirección del Curso Superior de Salud Pública.
• La persona titular de la Jefatura de Estudios de la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del Instituto de Salud Carlos III. Escuela Nacional de Sanidad.
Por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
• Por la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura:
— La persona titular de la Dirección General con competencias en materia de formación .
— La persona titular del Servicio de la Consejería de Salud y Servicios Sociales con
competencias en materia de formación sanitaria especializada.
• Por el Servicio Extremeño de Salud (SES):