Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060271)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, OA, MP, y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud para la formación de especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública.
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NÚMERO 23
Martes 4 de febrero de 2025
6790
mismas, facilitando la labor de todas las figuras docentes, y llevando a cabo las evaluaciones de los residentes y de las estructuras formativas.
d) La disponibilidad de los profesionales del ISCIII, y en especial de los profesores de la
Escuela Nacional de Sanidad, para las diversas iniciativas docentes, según sus áreas
propias de conocimiento y experiencia.
e) C
ooperar en el mantenimiento de la cualificación de los profesionales de los dispositivos
docentes implicados en el acuerdo, cuidando su actualización y reciclaje.
Tercera. Compromisos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y del Servicio
Extremeño de Salud.
La Comunidad de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios, se compromete a:
a) Facilitar a los residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública, que estén adscritos a
la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del ISCIII, los recursos de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales (los propios servicios centrales de dirección y
gestión), para la realización de las rotaciones especificadas en el programa vigente de
la especialidad.
b) Hacer cumplir el plan formativo de cada residente de Medicina Preventiva y Salud Pública durante las rotaciones que se realicen, garantizando los niveles de calidad de las
mismas, facilitando la labor de todas las figuras docentes, y llevando a cabo las evaluaciones de los residentes y de las estructuras formativas.
c) Cooperar en el mantenimiento de la cualificación de los profesionales de los dispositivos
docentes implicados en el acuerdo, cuidando su actualización y reciclaje.
2. E
l SES se compromete a:
a) Facilitar a los residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública, que estén adscritos a
la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del ISCIII, los recursos del
SES (hospitales y centros de salud), para la realización de las rotaciones especificadas
en el programa vigente de la especialidad. b) La disponibilidad de los profesionales,
acreditados para la Formación Sanitaria Especializada, para las diversas iniciativas docentes, según sus áreas propias de conocimiento y experiencia. Las limitaciones de esta
colaboración docente, en cuanto a la cuantificación en horas de dedicación de los profesionales, se establecerá por la Comisión Mixta, y deberá siempre realizarse conforme
a la normativa vigente, y en todo caso, con la autorización de las gerencias o centros
directivos correspondientes.
Martes 4 de febrero de 2025
6790
mismas, facilitando la labor de todas las figuras docentes, y llevando a cabo las evaluaciones de los residentes y de las estructuras formativas.
d) La disponibilidad de los profesionales del ISCIII, y en especial de los profesores de la
Escuela Nacional de Sanidad, para las diversas iniciativas docentes, según sus áreas
propias de conocimiento y experiencia.
e) C
ooperar en el mantenimiento de la cualificación de los profesionales de los dispositivos
docentes implicados en el acuerdo, cuidando su actualización y reciclaje.
Tercera. Compromisos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y del Servicio
Extremeño de Salud.
La Comunidad de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios, se compromete a:
a) Facilitar a los residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública, que estén adscritos a
la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del ISCIII, los recursos de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales (los propios servicios centrales de dirección y
gestión), para la realización de las rotaciones especificadas en el programa vigente de
la especialidad.
b) Hacer cumplir el plan formativo de cada residente de Medicina Preventiva y Salud Pública durante las rotaciones que se realicen, garantizando los niveles de calidad de las
mismas, facilitando la labor de todas las figuras docentes, y llevando a cabo las evaluaciones de los residentes y de las estructuras formativas.
c) Cooperar en el mantenimiento de la cualificación de los profesionales de los dispositivos
docentes implicados en el acuerdo, cuidando su actualización y reciclaje.
2. E
l SES se compromete a:
a) Facilitar a los residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública, que estén adscritos a
la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del ISCIII, los recursos del
SES (hospitales y centros de salud), para la realización de las rotaciones especificadas
en el programa vigente de la especialidad. b) La disponibilidad de los profesionales,
acreditados para la Formación Sanitaria Especializada, para las diversas iniciativas docentes, según sus áreas propias de conocimiento y experiencia. Las limitaciones de esta
colaboración docente, en cuanto a la cuantificación en horas de dedicación de los profesionales, se establecerá por la Comisión Mixta, y deberá siempre realizarse conforme
a la normativa vigente, y en todo caso, con la autorización de las gerencias o centros
directivos correspondientes.