Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023050062)
Orden de 15 de marzo de 2023 por la que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

16902

menor uso de productos fitosanitarios, de acuerdo a las condiciones establecidas en
el artículo 1 de esta orden.


5.º Que se realice un cambio de ubicación a zonas de montaña, entendiendo por tales
las establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con las
zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones especificas (artículo 71 de referido Reglamento (UE) 2021/2115) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



6.º Que se realice con variedades mejor adaptadas a las condiciones edafoclimáticas en
Extremadura.



7.º Que implique una reubicación de uno o más viñedos arrancados con el objetivo de
unificarlos en una misma parcela vitícola que facilite las operaciones de laboreo y
recolección.

b) Reconversión de viñedos por cambios de variedad:
Esta operación será anual y podrá incluir las acciones de sobreinjertado o Injertado
sobre pie franco (material e injerto).
Deben cumplir una o varias de las siguientes características:


1.º Q
 ue se realice con variedades incluidas en Denominación de Origen Protegida de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.



2.º Que se realice con variedades mejor adaptadas a las condiciones edafoclimáticas
en Extremadura, conforme se establezca en la resolución de convocatoria de estas
ayudas.

c) Mejora de técnicas de gestión:
Esta operación será anual. La edad mínima de la plantación será de 3 años a fecha de
solicitud de ayuda.
En la operación de mejora de técnicas de gestión, se podrá solicitar el cambio de vaso
a espaldera, siempre que se realice un cambio del sistema de cultivo de cepas a un sistema de conducción más sostenible.
Se entenderá que el sistema de conducción es sostenible cuando permita una mejor
aireación de los racimos, una mayor exposición de los mismos a la luz del sol, y/o una
mayor distancia sobre el suelo que redunde en una menor incidencia de enfermedades
y, por consiguiente, un menor uso de productos fitosanitarios.