Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060776)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de implantación de olivar superintensivo y cambio de sistema de riego sobre 91,8164 ha en la finca "Cerro Teresa y Majadas Altas", en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres). Expte.: IA22/1508.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023
15453
2. Conformación de sotos naturalizados.
En el EsIA esta medida se concreta proponiendo dejar una franja de terreno entre el
Arroyo del Aguijón y las plantaciones de olivos, que actualmente se encuentra desprovista de vegetación arbustiva y de ribera, y revegetarlo con especies herbáceas y
arbustivas de ribera como adelfas, tamujos, sauces, majuelos y rosa canina. Así mismo,
se buscará el potenciar y mantener aquellas especies herbáceas y hábitats que se generan en torno a las charcas y pequeños embalses que se forman en el Arroyo del Aguijón.
Para la recuperación de esta vegetación de ribera se dejarán franjas de terreno de entre
5 y 10 metros de anchura dispuestas a lo largo de al menos 100 metros del cauce del
arroyo del Aguijón aguas abajo de la represa, y del cauce de su afluente innominado a
lo largo de 200 metros aguas abajo de las dos represas. Se respetará en todo momento
la franja de terreno correspondiente al dominio público hidráulico.
Respecto a esta medida compensatoria, en la propuesta a aportar, se deberá añadir e
incluir al menos la siguiente información, para su aprobación por parte del Órgano ambiental:
2.1. L
a revegetación se deberá realizar a lo largo de todos los cauces públicos (arroyo
del Manatío, arroyo del Aguijón y arroyo innominado afluente de este último) y
en todo su recorrido por el interior de la finca completa, incluyéndose además los
perímetros de todas las charcas, balsas y/o embalses existentes.
2.2. P
ropuesta definitiva de especies, número de ejemplares y distribución definitiva de
las zonas de plantación, debiendo tener en cuenta los siguientes criterios:
2.2.1. T
odas las especies propuestas deberán ser especies autóctonas existentes en
la zona de actuación y sus alrededores.
2.2.2. Se deberán contemplar especies de porte arbóreo, arbustiva y herbáceo.
2.3. Delimitación cartográfica de las zonas a revegetar.
2.4. Propuesta de calendario de actuaciones a ejecutar.
2.5. Presupuesto de ejecución material de las actuaciones a ejecutar.
3. Aportación de olivos para alimentación de especies de aves esteparias.
En el EsIA se indica que se pretenden dejar en el límite de la zona de actuación diferentes pies de olivo sin recolectar. La medida se concreta proponiendo la plantación de 10
microbosquetes de olivos, con 10 olivos cada uno en alineación, que permitan dar sombra en los días extremos de calor del verano y alimento (aceitunas) a las aves estepa-
Lunes 13 de marzo de 2023
15453
2. Conformación de sotos naturalizados.
En el EsIA esta medida se concreta proponiendo dejar una franja de terreno entre el
Arroyo del Aguijón y las plantaciones de olivos, que actualmente se encuentra desprovista de vegetación arbustiva y de ribera, y revegetarlo con especies herbáceas y
arbustivas de ribera como adelfas, tamujos, sauces, majuelos y rosa canina. Así mismo,
se buscará el potenciar y mantener aquellas especies herbáceas y hábitats que se generan en torno a las charcas y pequeños embalses que se forman en el Arroyo del Aguijón.
Para la recuperación de esta vegetación de ribera se dejarán franjas de terreno de entre
5 y 10 metros de anchura dispuestas a lo largo de al menos 100 metros del cauce del
arroyo del Aguijón aguas abajo de la represa, y del cauce de su afluente innominado a
lo largo de 200 metros aguas abajo de las dos represas. Se respetará en todo momento
la franja de terreno correspondiente al dominio público hidráulico.
Respecto a esta medida compensatoria, en la propuesta a aportar, se deberá añadir e
incluir al menos la siguiente información, para su aprobación por parte del Órgano ambiental:
2.1. L
a revegetación se deberá realizar a lo largo de todos los cauces públicos (arroyo
del Manatío, arroyo del Aguijón y arroyo innominado afluente de este último) y
en todo su recorrido por el interior de la finca completa, incluyéndose además los
perímetros de todas las charcas, balsas y/o embalses existentes.
2.2. P
ropuesta definitiva de especies, número de ejemplares y distribución definitiva de
las zonas de plantación, debiendo tener en cuenta los siguientes criterios:
2.2.1. T
odas las especies propuestas deberán ser especies autóctonas existentes en
la zona de actuación y sus alrededores.
2.2.2. Se deberán contemplar especies de porte arbóreo, arbustiva y herbáceo.
2.3. Delimitación cartográfica de las zonas a revegetar.
2.4. Propuesta de calendario de actuaciones a ejecutar.
2.5. Presupuesto de ejecución material de las actuaciones a ejecutar.
3. Aportación de olivos para alimentación de especies de aves esteparias.
En el EsIA se indica que se pretenden dejar en el límite de la zona de actuación diferentes pies de olivo sin recolectar. La medida se concreta proponiendo la plantación de 10
microbosquetes de olivos, con 10 olivos cada uno en alineación, que permitan dar sombra en los días extremos de calor del verano y alimento (aceitunas) a las aves estepa-