Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060776)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de implantación de olivar superintensivo y cambio de sistema de riego sobre 91,8164 ha en la finca "Cerro Teresa y Majadas Altas", en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres). Expte.: IA22/1508.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023
15443
6. S
e respetarán las áreas con vegetación natural y la presente en las lindes entre las
parcelas, los cauces, charcas (aunque sean temporales) y balsas, los afloramientos rocosos, los muros de piedra y los manantiales.
7. N
o podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.), realizando su reposición
al estado inicial en el caso de afección.
8. S
e procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
9. E
n las labores de preparación del terreno, no se emplearán herbicidas en las labores de
limpieza de la vegetación por el alto riesgo de contaminación de las aguas públicas y el
daño a la fauna silvestre existente.
10. No se procederá a la quema de la vegetación ya que esta práctica, además de la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos de erosión y
pérdida de fertilidad del suelo. Los restos deberán ser eliminados mediante desbrozadora de cadena o martillo para su posterior incorporación al terreno.
11. En el caso de las excavaciones de las zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior relleno y en el caso de existir sobrantes, serán
esparcidos en las inmediaciones del trazado de las mismas y se irán rellenando y restaurando las zanjas a medida que avance la obra. Se restaurarán las zonas alteradas
por los movimientos de tierra, restituyendo morfológicamente los terrenos afectados.
12. Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape o algún
sistema similar, que se irán retirando según vayan avanzando las obras.
13. El movimiento de tierras será el mínimo imprescindible. Éstos se limitarán a la zona
de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces, decapados,
nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación. Se restituirán morfológicamente los terrenos afectados.
14. Los acopios de tierras y piedras procedentes de los movimientos de tierra no podrán
realizarse en las lindes o zonas de no actuación, únicamente en sus márgenes, pero
dentro de la zona a trasformar.
Lunes 13 de marzo de 2023
15443
6. S
e respetarán las áreas con vegetación natural y la presente en las lindes entre las
parcelas, los cauces, charcas (aunque sean temporales) y balsas, los afloramientos rocosos, los muros de piedra y los manantiales.
7. N
o podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.), realizando su reposición
al estado inicial en el caso de afección.
8. S
e procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
9. E
n las labores de preparación del terreno, no se emplearán herbicidas en las labores de
limpieza de la vegetación por el alto riesgo de contaminación de las aguas públicas y el
daño a la fauna silvestre existente.
10. No se procederá a la quema de la vegetación ya que esta práctica, además de la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos de erosión y
pérdida de fertilidad del suelo. Los restos deberán ser eliminados mediante desbrozadora de cadena o martillo para su posterior incorporación al terreno.
11. En el caso de las excavaciones de las zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior relleno y en el caso de existir sobrantes, serán
esparcidos en las inmediaciones del trazado de las mismas y se irán rellenando y restaurando las zanjas a medida que avance la obra. Se restaurarán las zonas alteradas
por los movimientos de tierra, restituyendo morfológicamente los terrenos afectados.
12. Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape o algún
sistema similar, que se irán retirando según vayan avanzando las obras.
13. El movimiento de tierras será el mínimo imprescindible. Éstos se limitarán a la zona
de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces, decapados,
nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación. Se restituirán morfológicamente los terrenos afectados.
14. Los acopios de tierras y piedras procedentes de los movimientos de tierra no podrán
realizarse en las lindes o zonas de no actuación, únicamente en sus márgenes, pero
dentro de la zona a trasformar.