Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060776)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de implantación de olivar superintensivo y cambio de sistema de riego sobre 91,8164 ha en la finca "Cerro Teresa y Majadas Altas", en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres). Expte.: IA22/1508.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023



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3.1. S
 e realizará una temporalización de los trabajos adecuada al ciclo biológico de la
avifauna de interés presente en el espacio, de forma que se aminoren o eviten los
impactos negativos.



3.2. No se realizarán trabajos nocturnos.



3.3. N
 o se modificará el régimen hidrológico de la zona, protegiéndose y respetándose
los cauces existentes en la explotación (arroyo del Manatío y arroyo del Aguijón),
así como las charcas y puntos de agua naturales existentes.



3.4. S
 e respetará la vegetación de ribera en los márgenes, asociada a los cursos de
agua, en una franja de suficiente anchura para evitar, entre otros impactos, posibles procesos erosivos, garantizándose la no afección a las formaciones de ribera.



3.5. S
 e aprovecharán al máximo las instalaciones de riego actuales (toma, caseta de
riego, bombeo, red de tuberías). En los tramos de tuberías principales (primaria y
secundaria) a sustituir o incrementar su trazado se ajustará lo máximo posible a la
red de caminos u otras infraestructuras ya existentes.



3.6. Se procederá a la retirada de cerramientos con espino.



3.7. S
 e retirarán los cerramientos interiores existentes en la zona de actuación, compuestos en su mayor parte de alambre de espino, clasificándose el material retirado. Se reciclarán aquellos materiales que sean susceptibles de serlo, como los
postes de los cerramientos, y se llevarán a vertedero autorizado aquellos materiales que por su estado o composición no puedan ser reciclados.



3.8. Se mantendrán los muros de piedra existentes como refugio de fauna.



3.9. E
 n su caso, se llevarán a cabo las medidas de conservación establecidas en el
Plan de Gestión relativas a la zonificación, en este caso contempladas dentro de
la ZAI-3 “aves esteparias” del espacio Red Natura 2000 en el cual se desarrolla el
proyecto.

4. S
 e respetará la vegetación natural autóctona arbustiva y arbórea existente en las lindes, teniendo en cuenta igualmente que esta vegetación no podrá verse afectada a la
hora de realizar las operaciones necesarias para el manejo de la futura plantación, no
debiendo transitar maquinaria de manera general por estas zonas.
5. D
 eberán respetarse los cauces existentes, aunque sean intermitentes. Asimismo, no
podrán realizarse plantaciones a menos de 5 metros de los cauces públicos.