Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060776)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de implantación de olivar superintensivo y cambio de sistema de riego sobre 91,8164 ha en la finca "Cerro Teresa y Majadas Altas", en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres). Expte.: IA22/1508.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023

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Asimismo, y debido al compromiso de la promotora de mantener unas zonas de reserva
inalteradas y sin transformar a cultivos leñosos, restringiendo la zona de actuación a
la superficie finalmente proyectada, convierte la afección paisajística del proyecto en
puntual en relación a la amplia superficie que rodea a la zona de actuación consistente
en prados y pastizales abiertos.


C.2.7 Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.

La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos
orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales de los cultivos y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una
baja incidencia sobre el entorno.
No obstante, se incluyen en la presente declaración de impacto ambiental una serie de
medidas para prevenir y evitar posibles afecciones sobre estos factores ambientales.
C.2.8 Patrimonio cultural y vías pecuarias.
En el informe del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos Históricos de la Dirección
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural (NFR/2022/579) se considera
que eI promotor deberá acometer una prospección arqueológica superficial con carácter
intensivo para remitir un informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la cual cursará, si procede, visita de evaluación
con carácter previo y con posterioridad emitirá el preceptivo documento de viabilidad.
Asimismo, establecen una serie de obligaciones por parte de la promotora en cuanto
a la difusión de los posibles hallazgos arqueológicos, culturales o sobre el patrimonio
cultural.
A la vista de lo anterior, el Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos Históricos recomienda condicionar la ejecución del proyecto al estricto cumplimiento de las medidas
preventivas indicadas en este documento y a la asunción de las mismas por parte de
la entidad promotora. En este sentido, la promotora ha manifestado su compromiso de
cumplimiento con las medidas indicadas.
De otra parte, la Sección de Vías Pecuarias del Servicio de Infraestructuras del Medio
Rural indica que en el Plano número 3 del proyecto, se observa un cruzamiento de la