Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2022060989)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 74
Martes, 19 de abril de 2022
18047
Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo los miembros de la Comisión de Valoración
estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24
de dicha ley.
3. Para el mejor desarrollo de su labor, el Jurado podrá solicitar la colaboración de personas
de reconocido prestigio o destacadas por su labor en el ámbito educativo, en los términos
establecidos en el artículo 24.3.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. El órgano instructor del procedimiento de concesión de los premios será la Secretaría General de Educación, a la que le corresponde el impulso y ordenación del procedimiento y la
formulación de la propuesta de resolución.
Décimo. Resolución y notificación.
1. A la vista de la propuesta del Servicio de Coordinación Educativa, la Secretaría General de
Educación dictará resolución de concesión de los premios, que será notificada a los centros
interesados.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses a contar desde la
fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, con indicación
del nombre de los centros educativos premiados. Tanto estos como los centros que hubieren obtenido una mención honorífica recibirán un diploma acreditativo. La falta de notificación de resolución expresa de concesión, dentro del plazo máximo para resolver, legitima
a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
2. L
a resolución será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la forma establecida en los artículos 18 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, y 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Además, debe ser publicada en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 472013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y la Orden de 11 de abril de 2016, por la que se establece
el procedimiento para la publicación de información en el Portal de la Transparencia y la
Participación Ciudadana de Extremadura.
Undécimo. Financiación.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 30.000 euros, con
cargo a la posición presupuestaria 130020000/G/222G/48100/CAG0000001/20120061 de los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
Martes, 19 de abril de 2022
18047
Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo los miembros de la Comisión de Valoración
estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24
de dicha ley.
3. Para el mejor desarrollo de su labor, el Jurado podrá solicitar la colaboración de personas
de reconocido prestigio o destacadas por su labor en el ámbito educativo, en los términos
establecidos en el artículo 24.3.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. El órgano instructor del procedimiento de concesión de los premios será la Secretaría General de Educación, a la que le corresponde el impulso y ordenación del procedimiento y la
formulación de la propuesta de resolución.
Décimo. Resolución y notificación.
1. A la vista de la propuesta del Servicio de Coordinación Educativa, la Secretaría General de
Educación dictará resolución de concesión de los premios, que será notificada a los centros
interesados.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses a contar desde la
fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, con indicación
del nombre de los centros educativos premiados. Tanto estos como los centros que hubieren obtenido una mención honorífica recibirán un diploma acreditativo. La falta de notificación de resolución expresa de concesión, dentro del plazo máximo para resolver, legitima
a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
2. L
a resolución será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la forma establecida en los artículos 18 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, y 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Además, debe ser publicada en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 472013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y la Orden de 11 de abril de 2016, por la que se establece
el procedimiento para la publicación de información en el Portal de la Transparencia y la
Participación Ciudadana de Extremadura.
Undécimo. Financiación.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 30.000 euros, con
cargo a la posición presupuestaria 130020000/G/222G/48100/CAG0000001/20120061 de los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.