Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Servicios Mínimos. (2022050056)
Orden de 12 de abril de 2022 por la que se establecen servicios mínimos en las actividades de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera realizadas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, por la empresa Auto Res, SL, con motivo de la convocatoria de huelga en este ámbito empresarial.
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NÚMERO 72
Miércoles, 13 de abril de 2022

17604

lar y de uso general de viajeros por carretera que transcurra o se desarrolle íntegramente en
el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de los servicios parciales
prestados, en su caso, por la citada empresa en el ámbito de la concesión VAC-051 (MadridBadajoz-Valencia con Hijuelas), cuyo itinerario discurra íntegramente en el citado territorio
y su gestión haya sido delegada por el Estado a la Comunidad Autónoma:

Desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas de los días 13, 14, 17, 18 y 29
de ABRIL de 2022.
Desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas de los días 1, 2, 13 y 16 de MAYO
de 2022.
Desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas del día 1 de junio de 2022.

2. S
 in perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el establecimiento de servicios mínimos en el ámbito del transporte público de viajeros por carretera no afectará a las comunicaciones entre núcleos de población que puedan servirse a través de otros modos regulares
de transporte terrestre.
Artículo 2. Servicios mínimos.
1. L
 os servicios mínimos que deberá realizar la empresa Auto Res, SL, para la prestación de
las actividades de transporte regular de uso general de viajeros por carretera, se acomodarán a las siguientes reglas:
1.ª E
 l establecimiento de servicios mínimos en los de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, prestados mediante concesión administrativa por la empresa citada, vendrá determinado por el número de expediciones de que consta el servicio.


A estos efectos, se entiende por expedición cada circulación independiente con horario
diferenciado realizada entre la totalidad o una parte de los núcleos de población comunicados por el servicio.

2.ª C
 on carácter general, el cumplimiento de servicios mínimos se ajustará a los siguientes
criterios:


a) En los servicios con un número de expediciones, con calendario y horario coincidentes con los días de huelga señalados en el artículo 1, inferior a cinco, se prestará,