Consejería De Educación Y Empleo. Acuerdos Laborales. (2022061052)
Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acuerdo o Pacto Mixto de funcionarios públicos y personal laboral del "Ayuntamiento de Solana de los Barros".
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NÚMERO 70
Lunes, 11 de abril de 2022

17097

a) Reingreso de excedentes.
b) Oferta Pública de Empleo.
Artículo 44. Reingreso de Excedentes.
1. El reingreso del personal municipal en situación de excedencia que no tenga derecho a
reserva de puesto y haya cumplido, en su caso, el período mínimo exigible en esta situación se efectuará solicitando el reingreso a vacantes o puestos no cubiertos con carácter
definitivo de su categoría o categoría equivalente.
2. Las solicitudes de reingreso serán resueltas por el órgano competente según la fecha de
presentación, dando preferencia, en caso de coincidencia en la fecha, al trabajador que
hubiera permanecido más tiempo en la situación de excedencia y, a igual tiempo, al de
mayor edad.
3. Las resoluciones de reingreso no podrán afectar a puestos de trabajo que hayan sido objeto de convocatoria en los Boletines Oficiales para su cobertura por el procedimiento de
promoción interna o de nuevo ingreso.
4. La incorporación al servicio activo se producirá en el plazo de quince días a contar desde la
comunicación de la Resolución de reingreso.
Artículo 45. Promoción Interna.
El personal funcionario y laboral fijo tendrán derecho a su desarrollo profesional, que deberá producirse necesariamente mediante la participación en los procesos contemplados en la
normativa vigente.
a) Se entiende por promoción interna vertical: El ascenso desde un cuerpo o escala de un
Subgrupo (o grupo, en caso de que este no tenga subgrupo) a otro inmediatamente
superior al que pertenezca.
b) Se entiende por promoción interna horizontal: El acceso a cuerpos o escalas del mismo
subgrupo profesional.


Serán criterios generales de común aplicación a estos procesos los siguientes:

• Este sistema de promoción estará sustentado en la evaluación de las capacidades
y méritos, combinando adecuadamente la realización de pruebas de aptitud con la
valoración de méritos relativos a experiencia profesional desarrollada, a formación
específica o a cualquier otro tendente a conseguir la progresión profesional de los