Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022061058)
Resolución de 4 de abril de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de las redes principales de la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo", cuyo promotor es la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo. Expte.:IA21/0747.
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NÚMERO 70
Lunes, 11 de abril de 2022

17172

— Al realizarse tareas de limpieza de las márgenes del canal, se eliminarán los elementos
vegetales imprescindibles para la ejecución de las obras, respetando el arbolado autóctono que estuviera presente sin emplear herbicidas por el alto riesgo de contaminación
de las aguas públicas y el daño a las poblaciones animales silvestres.
— Evitar el vertido incontrolado de cualquier tipo de residuos en lugares no adecuados
para ello, procurando eliminarlos debidamente. Todos los residuos y materiales generados a resultas de la demolición y sobrantes de los elementos de riego serán gestionados
según lo dispuesto la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
— Evitar la producción de ruidos y polvo durante la fase de ejecución de las obras. En
cuanto a la generación de ruidos se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 212/2002,
de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a
determinadas máquinas de uso al aire libre.
— La maquinaria a utilizar deberá estar en perfectas condiciones, destinándose un lugar
adecuado para el mantenimiento y reparaciones precisas.
— Se aplanarán y arreglarán todos los efectos producidos por la maquinaria pesada, tales
como rodadas, baches, etc.
— Durante el proceso de transporte de vertidos en camiones, se procederá a la protección
de sus cargas con objeto de evitar emisiones de polvo.
— Como medida fitosanitaria y de prevención de incendios forestales, se retirarán o eliminarán todos los restos vegetales procedentes de la corta en un plazo no superior a los
dos meses desde la finalización de la misma y, en cualquier caso, antes de la declaración de la época de peligro alto de incendios. Se desaconseja la quema como método
de eliminación, no obstante, cualquiera que sea el método elegido, deberá cumplir la
normativa vigente en materia de incendios.
— Al finalizar los trabajos llevar a cabo una limpieza general de todos aquellos restos generados durante la fase de obra.
— Toda actuación que se realice en Dominio Público Hidráulico deberá contar con la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana. En ningún caso se
autorizarán dentro del mismo la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico.