Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060127)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de engorde de pollos promovido por Casimiro Galván Valverde, en el término municipal de Montemolín.
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NÚMERO 15
4161
Lunes, 24 de enero de 2022
- c - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera y sus respectivos focos de emisión serán los siguientes:
Contaminante
Origen
N2O
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Volatilización en el estabulamiento
NH3
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Volatilización en el estabulamiento
CH4
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Dado el marcado carácter difuso de las emisiones de estos contaminantes y, por tanto, la
enorme dificultad existente en el control de las emisiones mediante valores límite de emisión,
deberán ser sustituidas por la aplicación de las mejores técnicas disponibles.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. L
as principales emisiones líquidas y sus respectivos focos de emisión serán los siguientes:
Emisión
Foco de emisión
Lixiviados
Estercolero y, en menor medida, naves de engorde, durante el
almacenamiento del estiércol mezclado con la cama.
Aguas de limpieza
Nave de engorde, durante las tareas de limpieza de la nave de
engorde tras la salida de los animales para sacrificio y la retirada
del estiércol y de la cama.
2. Ninguna de las emisiones indicadas en el apartado anterior, se podrán verter ni directa ni
indirectamente al dominio público hidráulico. Las aguas de limpieza vendrán recogidas en
fosa estanca cuyas características y capacidad vienen recogidas en el punto d.4 y en el
Anexo I de la presente resolución.
3. Las aves permanecerán en todo momento en las naves de engorde de la instalación, cuyas
paredes y soleras deberán ser impermeables para evitar infiltraciones, y el estiércol mezclado con la cama será gestionado conforme a lo establecido en el apartado - a - “Tratamiento
y gestión del estiércol”.
4161
Lunes, 24 de enero de 2022
- c - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera y sus respectivos focos de emisión serán los siguientes:
Contaminante
Origen
N2O
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Volatilización en el estabulamiento
NH3
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Volatilización en el estabulamiento
CH4
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Dado el marcado carácter difuso de las emisiones de estos contaminantes y, por tanto, la
enorme dificultad existente en el control de las emisiones mediante valores límite de emisión,
deberán ser sustituidas por la aplicación de las mejores técnicas disponibles.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. L
as principales emisiones líquidas y sus respectivos focos de emisión serán los siguientes:
Emisión
Foco de emisión
Lixiviados
Estercolero y, en menor medida, naves de engorde, durante el
almacenamiento del estiércol mezclado con la cama.
Aguas de limpieza
Nave de engorde, durante las tareas de limpieza de la nave de
engorde tras la salida de los animales para sacrificio y la retirada
del estiércol y de la cama.
2. Ninguna de las emisiones indicadas en el apartado anterior, se podrán verter ni directa ni
indirectamente al dominio público hidráulico. Las aguas de limpieza vendrán recogidas en
fosa estanca cuyas características y capacidad vienen recogidas en el punto d.4 y en el
Anexo I de la presente resolución.
3. Las aves permanecerán en todo momento en las naves de engorde de la instalación, cuyas
paredes y soleras deberán ser impermeables para evitar infiltraciones, y el estiércol mezclado con la cama será gestionado conforme a lo establecido en el apartado - a - “Tratamiento
y gestión del estiércol”.