Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063532)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada para el proyecto de modificación sustancial de una instalación de almacenamiento y valorización de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), promovido por Promociones Medioambientales Villafranquesa, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros.
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NÚMERO 226

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Miércoles 24 de noviembre de 2021

- e - Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. Las principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.

Fuente sonora

Nivel de emisión, dB (A)

Pretriturador PS 600/300R - cables

85

Molino triturador SM 1100 - cables

85

Pretiturador + molino triturador de
plásticos

85

Desde el punto de vista acústico, no se contempla el funcionamiento de ningún otro equipo
o maquinaria.
2. La actividad se desarrollará en horario diurno.
3. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
4. La actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
5. Para evitar o, cuando ello no sea posible, reducir el ruido y las vibraciones, se aplicarán
las MTD17 y MTD18 de la Decisión 2018/1147, de 10 de agosto, por la que se establecen
las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles en el tratamiento de residuos, de
conformidad con la Directiva 2010/75/UE.
- f - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica.
Condiciones generales
1. La presente autorización se concede con los límites y condiciones técnicas que se establecen a continuación. Cualquier modificación de lo establecido en estos límites y condiciones
deberá ser autorizada previamente.