Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Empleados Públicos. Carrera Profesional. (2021040161)
Decreto 127/2021, de 17 de noviembre, por el que se regula la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño de los empleados públicos que prestan sus servicios en la Administración General de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 225
Martes 23 de noviembre de 2021
55187
positivo en la evaluación del desempeño, alcanzar la puntuación mínima fijada para el proceso de valoración, que está conformado por los siguientes méritos:
a) Formación.
b) Transferencia, innovación y difusión de conocimientos.
c) Puestos de trabajo de especial desempeño.
2. E
l contenido, desarrollo específico, puntuación y baremación de cada mérito, así como la
puntuación mínima necesaria para acceder al siguiente nivel de carrera, se regulará en las
disposiciones que desarrollen la presente norma.
3. P
ara alcanzar la puntuación mínima para superar el proceso de valoración, no será necesario obtener puntos en los tres bloques de baremación, pudiendo alcanzarse dicha puntuación con la obtenida en cualquiera de los méritos anteriores.
4. P
ara el acceso al nivel superior se tendrá en cuenta la puntuación obtenida durante el
tiempo de permanencia en el nivel inferior, no pudiendo computarse el exceso sobre la
puntuación mínima requerida para la consecución de niveles posteriores, ni valorarse más
de una vez los mismos méritos para el acceso a diferentes niveles.
5. E
l resultado negativo en el proceso de valoración impide volver a presentar nueva solicitud
de inicio de procedimiento y acceso al nivel superior en el plazo de un año a contar desde
la anterior solicitud.
6. L
a Dirección General con competencias en materia de función pública, a través de la Escuela de Administración Pública, es el órgano competente para establecer, organizar y desarrollar la acción formativa, coordinando las actuaciones que en esta materia se atribuyan
a otros órganos de la Administración de la Junta de Extremadura.
Así mismo, la Escuela de Administración Pública podrá colaborar y asesorar en el proceso de
valoración de la transferencia, innovación y difusión de conocimientos a efectos de carrera
profesional horizontal.
CAPÍTULO II
Formación
Artículo 18. Formación.
A efectos del presente decreto se entenderá por formación el conjunto de actividades que,
a través del aprendizaje planificado, tienen por objetivo el mantenimiento y la mejora de la
Martes 23 de noviembre de 2021
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positivo en la evaluación del desempeño, alcanzar la puntuación mínima fijada para el proceso de valoración, que está conformado por los siguientes méritos:
a) Formación.
b) Transferencia, innovación y difusión de conocimientos.
c) Puestos de trabajo de especial desempeño.
2. E
l contenido, desarrollo específico, puntuación y baremación de cada mérito, así como la
puntuación mínima necesaria para acceder al siguiente nivel de carrera, se regulará en las
disposiciones que desarrollen la presente norma.
3. P
ara alcanzar la puntuación mínima para superar el proceso de valoración, no será necesario obtener puntos en los tres bloques de baremación, pudiendo alcanzarse dicha puntuación con la obtenida en cualquiera de los méritos anteriores.
4. P
ara el acceso al nivel superior se tendrá en cuenta la puntuación obtenida durante el
tiempo de permanencia en el nivel inferior, no pudiendo computarse el exceso sobre la
puntuación mínima requerida para la consecución de niveles posteriores, ni valorarse más
de una vez los mismos méritos para el acceso a diferentes niveles.
5. E
l resultado negativo en el proceso de valoración impide volver a presentar nueva solicitud
de inicio de procedimiento y acceso al nivel superior en el plazo de un año a contar desde
la anterior solicitud.
6. L
a Dirección General con competencias en materia de función pública, a través de la Escuela de Administración Pública, es el órgano competente para establecer, organizar y desarrollar la acción formativa, coordinando las actuaciones que en esta materia se atribuyan
a otros órganos de la Administración de la Junta de Extremadura.
Así mismo, la Escuela de Administración Pública podrá colaborar y asesorar en el proceso de
valoración de la transferencia, innovación y difusión de conocimientos a efectos de carrera
profesional horizontal.
CAPÍTULO II
Formación
Artículo 18. Formación.
A efectos del presente decreto se entenderá por formación el conjunto de actividades que,
a través del aprendizaje planificado, tienen por objetivo el mantenimiento y la mejora de la