Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2021063170)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 207
Miércoles, 27 de octubre de 2021

50687

d) La aprobación de la moción de censura contra la Junta de Gobierno o cualquiera de sus
miembros, de conformidad con el procedimiento que se establezca en estos estatutos.
e) D
 eliberar y tomar acuerdos en relación con todos los fines y funciones del Colegio recogidos en estos Estatutos.
f) Modificar el domicilio del Colegio dentro de la ciudad de Badajoz.
g) Aprobar la fusión, absorción o disolución del Colegio.
Artículo 19. Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias.
1. L
 as Asambleas Generales serán ordinarias y extraordinarias.
2. L
 as Asambleas Generales ordinarias se celebrarán como mínimo dos al año, una necesariamente en el primer semestre, a fin de que la Junta de Gobierno pueda dar cuenta de su
gestión durante el año transcurrido y de los asuntos de interés general para la profesión
farmacéutica que hubieran surgido en dicho periodo, y asimismo de los ingresos y gastos
y estado económico de la Corporación.
En el cuarto trimestre del año se reunirá la segunda Asamblea General ordinaria para conocer y aprobar, si procede, el proyecto de presupuesto para el ejercicio siguiente. Si el
proyecto de Presupuesto no fuere aprobado por la Asamblea General, la Junta de Gobierno
dispondrá de dos meses para en nueva Asamblea someter a aprobación un nuevo proyecto
de Presupuesto. Hasta que no se apruebe el nuevo Presupuesto se entenderá prorrogado
el Presupuesto del ejercicio anterior.
La Asamblea General podrá deliberar y tomar acuerdos, en relación siempre con los fines
y funciones del Colegio, respecto a los asuntos propuestos por la Junta de Gobierno, y a
continuación sobre los propuestos por los colegiados.
Para que se dé cuenta de las proposiciones de los colegiados, precisa que las mismas reúnan las condiciones siguientes:


a) Formularse por escrito y estar razonadas y firmadas por el 20 por 100 de los
colegiados.



b) Ser presentadas en la Secretaría del Colegio con diez días de antelación al de celebración de la Asamblea General.

3. L
 as Asambleas Generales extraordinarias se convocarán y celebrarán en los siguientes
casos:


a) Cuando lo acuerde el Presidente.