Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2021063169)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Dentistas de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 207
Miércoles, 27 de octubre de 2021



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l) Formalizar contratos o Convenios Marco con sociedades aseguradoras o igualatorios con pleno respeto de lo dispuesto en la Ley de Defensa de la Competencia.



m) Mantener una relación constante y activa con la Universidad, para recibir y proporcionar orientaciones actuales y útiles, y para el conocimiento de las características deseables para los nuevos profesionales.



n) P
 roponer a las autoridades competentes las medidas necesarias para obtener el
mayor perfeccionamiento del sistema asistencial, tanto privado como público,
promoviendo y fomentando toda iniciativa que tenga por objeto su mejor eficacia.




o) Establecer el régimen económico del Colegio y todos los órganos que cree.
Editar las publicaciones necesarias para la información general y científica de todos los colegiados, así como circulares y cursos que sean precisos.



p) Participar en los órganos consultivos de la administración en la materia de competencia de cada una de las profesiones, cuando aquélla lo requiera o resulte de
las disposiciones aplicables.



q) Mantener y coordinar las relaciones con otros colegios profesionales y organismos
supracolegiales.



r) I mpulsar y desarrollar la mediación, así como desempeñar funciones de arbitraje,
nacional e internacional, de conformidad con lo establecido en la legislación
vigente.



s) Informar las disposiciones de carácter general de la Comunidad Autónoma que
afecten directamente a la profesión.



t) Mantener relaciones permanentes con las instituciones públicas y en especial con
las de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



u) C
 olaborar con instituciones o entidades de carácter formativo, cultural, cívico, de
previsión y otras análogas dedicadas al servicio de los dentistas o al fomento y
defensa de los valores culturales y sociales que conciernen a la profesión, y promover la constitución de las mismas. Asimismo, colaborar con las instituciones
universitarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la elaboración de
los planes de estudio, sin menoscabo del principio de autonomía universitaria.



v) Recibir de la sociedad civil sus demandas sobre la profesión, generando la información, el análisis y el debate necesario para su sensibilización y poder dar
respuesta oportuna a tales demandas sociales.