Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063144)
Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se modifica la autorización ambiental unificada AAU11/282, de 25 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la gestión de residuos, de residuos peligrosos y no peligrosos y centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil promovido por Faustino Sánchez Chatarra y Métales, SL, en el término municipal de Almendralejo. En cumplimiento de lo indicado en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021
50403
- d - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
Las operaciones de tratamiento de vehículos al final de su vida útil se realizarán sin evacuar
contaminantes a la atmósfera. En particular, deberán evitarse las emisiones, confinadas o
difusas, de clorofluorocarburos (CFC), hidroclorofluorocarburos (HCFC), hidroflurocarburos
(HFC) o hidrocarburos (HC). A tal efecto, se evitará la pérdida de estanqueidad de los circuitos o depósitos de fluidos existentes en los vehículos al final de su vida útil y se atenderá al
cumplimiento de lo establecido al respecto en el apartado a.10.
- e - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas
subterráneas.
1. L
a instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a. Una de recogida de aguas residuales sanitarias procedente de aseos. Esta red se conexiona aguas debajo del equipo de tratamiento de aguas hidrocarburadas y aceitosas
(separador de hidrocarburos).
b. Una red de recogida de pluviales limpia, recogida del techo de las naves, que evacuan
de forma independiente.
c. Una red de recogida de derrames en la zona de recepción de vehículos, conectada a
equipo de tratamiento de aguas hidrocarburadas.
2. Además contará con red de evacuación de aguas pluviales del área de almacenamiento de
vehículos descontaminados. Las aguas recogida en esta red serán dirigidas al equipo de
tratamiento de aguas hidrocarburadas dimensionado para el caudal y cargas contaminantes, y dispondrá de cubetos de retención o sistema equivalente, con el fin de garantizar
eventuales derrames. El agua procedente de este equipo verterán sus aguas a la red de
saneamiento municipal, previa autorización del Ayuntamiento de Almendralejo.
3. Las redes descriptas en los puntos a, b y c, verterán sus aguas a la red de saneamiento
municipal, previa autorización del Ayuntamiento de Almendralejo.
4. Las redes de saneamiento de aguas hidrocarburadas estarán separadas de la red de aguas
sanitarias hasta la salida del tratamiento. Tras el tratamiento de los efluentes líquidos
residuales se instalará una arqueta de toma de muestras de fácil y rápido acceso para el
control del vertido.
5. Se deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
Martes, 26 de octubre de 2021
50403
- d - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
Las operaciones de tratamiento de vehículos al final de su vida útil se realizarán sin evacuar
contaminantes a la atmósfera. En particular, deberán evitarse las emisiones, confinadas o
difusas, de clorofluorocarburos (CFC), hidroclorofluorocarburos (HCFC), hidroflurocarburos
(HFC) o hidrocarburos (HC). A tal efecto, se evitará la pérdida de estanqueidad de los circuitos o depósitos de fluidos existentes en los vehículos al final de su vida útil y se atenderá al
cumplimiento de lo establecido al respecto en el apartado a.10.
- e - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas
subterráneas.
1. L
a instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a. Una de recogida de aguas residuales sanitarias procedente de aseos. Esta red se conexiona aguas debajo del equipo de tratamiento de aguas hidrocarburadas y aceitosas
(separador de hidrocarburos).
b. Una red de recogida de pluviales limpia, recogida del techo de las naves, que evacuan
de forma independiente.
c. Una red de recogida de derrames en la zona de recepción de vehículos, conectada a
equipo de tratamiento de aguas hidrocarburadas.
2. Además contará con red de evacuación de aguas pluviales del área de almacenamiento de
vehículos descontaminados. Las aguas recogida en esta red serán dirigidas al equipo de
tratamiento de aguas hidrocarburadas dimensionado para el caudal y cargas contaminantes, y dispondrá de cubetos de retención o sistema equivalente, con el fin de garantizar
eventuales derrames. El agua procedente de este equipo verterán sus aguas a la red de
saneamiento municipal, previa autorización del Ayuntamiento de Almendralejo.
3. Las redes descriptas en los puntos a, b y c, verterán sus aguas a la red de saneamiento
municipal, previa autorización del Ayuntamiento de Almendralejo.
4. Las redes de saneamiento de aguas hidrocarburadas estarán separadas de la red de aguas
sanitarias hasta la salida del tratamiento. Tras el tratamiento de los efluentes líquidos
residuales se instalará una arqueta de toma de muestras de fácil y rápido acceso para el
control del vertido.
5. Se deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.