Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. (2021040150)
Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para su financiación.
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021

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c) Presentar junto a la solicitud, en caso de oposición a su consulta de oficio, la documentación señalada en el artículo 7.4 del presente decreto (letras a,b,c,e) así como el
proyecto empresarial y en su caso, el Anexo III (compromiso de implantación).
Artículo 4. Proyectos empresariales.
1. P
 odrán ser considerados de especial interés para la región por su impacto significativo
en el empleo aquellos proyectos empresariales prioritariamente referidos a actividades
relacionadas con la transición ecológica, economía verde (energías renovables, eficiencia
energética, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), la digitalización
de los servicios, el sector del transporte y la logística.
2. Así mismo, representa una circunstancia preferente para la consideración del especial interés para la región, el que los proyectos referidos a los sectores y ámbitos mencionados
en el párrafo anterior prevean su desarrollo en el ámbito rural al poner en valor su capital
humano, especialmente el referido a la población más joven, dotándolo de una formación
adecuada y de calidad, todo ello a fin de facilitar la fijación de la población al territorio.
3. El proyecto empresarial presentado por la entidad deberá representar una importante contribución a la creación de empleo y al crecimiento económico de la región, por lo que necesariamente reflejará las previsiones de generación de puestos de trabajo o cualificación de
los ya existentes. Además, deberá ser comprensivo de un análisis del sector y del mercado
dentro del cual se desea desarrollar, con descripción de las estrategias que se seguirán para
poder alcanzar los objetivos que se prevén en el mismo, la temporalización de las actuaciones y la descripción de las acciones formativas que componen el plan formativo y que se
consideran necesarias para el desarrollo del proyecto empresarial propuesto.
4. En cualquier caso, será contenido mínimo del proyecto aportado:
— Plan de actuaciones a realizar por la entidad para el desarrollo del proyecto empresarial
con el correspondiente cronograma.
— Memoria explicativa en la que se justifique el interés para el empleo del proyecto empresarial presentado y el carácter estratégico de la formación propuesta. Así mismo,
deberá pronunciarse sobre la necesidad de contratación de nuevo personal por parte
de la empresa, o en su caso, de cualificación del personal propio de la empresa para el
desarrollo del proyecto empresarial presentado.
— Plan formativo empresarial, con descripción de un diagnóstico y análisis de la situación
de la entidad solicitante, y el diseño del plan de formación que demanda dicho diagnóstico y análisis, así como los contenidos formativos, recursos humanos, destinatarios,